El responsable del atropello mortal ocurrido en Los Canapés el pasado 12 de diciembre de 2016 cometió "un delito de homicidio imprudente de carácter menos grave" cuando se llevó por delante al camarero A. M. C., un avilesino de 59 años que cruzaba el paso de peatones "de izquierda a derecha". Esta es una de las conclusiones a las que llegó la magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Avilés, Olga Vara, y que consta en una sentencia dictada el pasado día 22.

En el fallo de la sentencia, la jueza indica que el culpable de la muerte del camarero debe hacer frente a "la pena de tres meses de multa a razón de 12 euros diarios"; es decir, deberá abonar 1.080 euros. Esta multa conlleva "la responsabilidad subsidiaria personal en caso de impago, más las costas generales, incluidas las de las acusaciones particulares". Además, se le ordena el pago de dos indemnizaciones. La jueza indica que "constan efectivamente entregadas a las dos perjudicadas en fecha de 22 de marzo de 2017".

La jueza considera acreditado que desde la dirección de la que procedía el vehículo del acusado (avenida de Santa Apolonia), "el conductor se vio deslumbrado momentáneamente por la luz del sol". Añade además que las condiciones meteorológicas suponían "un ensombrecimiento momentáneo de la zona en la que se encontraba ubicado el paso de peatones en cuestión". Esto mismo lo explicó durante la vista oral el responsable del atropello de Los Canapés. Dijo entonces -el pasado 21 de diciembre- que "sólo" había visto "una silueta" porque el sol le había deslumbrado. "Me di cuenta de que lo había pasado sólo cuando oí el golpe", aseguró. "Al entrar en la vía de acceso a la variante no vi a nadie. Todo fue muy rápido: vi la silueta que venía por la izquierda, escuché el golpe, me paré y fui a socorrerle", añadió. Y es que se da la circunstancia de que el autor del atropello mortal es médico de profesión.

El Ministerio Público y las dos acusaciones particulares (en representación tanto de la mujer de la víctima como de la hija de ambos) consideraron al responsable del atropello mortal, autor de un delito de homicidio imprudente grave. Esto es lo que echa por tierra la jueza, que rebaja la categoría del delito y obra de esta manera basándose, entre otras cosas, en dos fotografías incluidas en la instrucción del caso. Dice la jueza que se puede "apreciar con claridad cómo en las dos fotos [...] el sol deslumbra de forma directa al vehículo que se va a incorporar" a la salida en dirección a la variante de Avilés.

Como consecuencia de este accidente, el Ayuntamiento de Avilés retrasó 25 metros el paso de peatones, colocó vallas perimetrales a ambos lados para evitar que los peatones crucen por donde no está permitido y, además, ha establecido un límite de velocidad de 30 kilómetros por hora (el condenado circulaba a 25 kilómetros por hora).