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Las plantas más altas de edificios residenciales podrán albergar oficinas

La nueva norma para abrir despachos en numerosos inmuebles pretende impulsar la rehabilitación y la ocupación, sobre todo, en el centro histórico

La plaza Hermanos Orbón. RICARDO SOLÍS

Las trabas urbanísticas para abrir oficinas, despachos profesionales, consultas médicas o determinados establecimientos comerciales en plantas elevadas de edificios de uso residencial serán suavizadas para adaptar la normativa a la realidad económica y social de la ciudad y, en la medida de lo posible, estimular los proyectos de rehabilitación y ocupación de inmuebles -en especial en el casco histórico- condenados por la anterior reglamentación a ser exclusivamente usados para vivir. Desde el sector inmobiliario local ven con agrado la "relajación" de la norma por parte del Ayuntamiento y profesionales consultados por este diario están convencidos de que ampliar el abanico de usos de los edificios "malo no es y puede desatascar inversiones que estaban paradas por la escasa confianza en vender o alquilar los pisos. Los locales para oficinas siempre tienen más salida en el mercado".

Lo que el Ayuntamiento acaba de hacer, con el beneplácito de todos los partidos a excepción de Ganemos, fue modificar el artículo 5.29 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el siguiente sentido: "En la modalidad de vivienda en edificios colectivos, este uso podrá convivir con otros diferentes, pero manteniendo un carácter preferente; es decir, subordinándose los demás usos a no interferir con el de vivienda". La medida es extensible a la modalidad de vivienda unifamiliar, siempre que el uso principal sea el residencial.

Y se añade: "En edificios de vivienda y en plantas superiores a la baja podrán ubicarse usos de oficina intercalados con el de vivienda, con una superficie construida máxima de cien metros cuadrados por local". Para superficies mayores -las menos- será de aplicación la normativa restrictiva que hasta ahora estuvo vigente: "No se intercalarán otros usos entre pisos destinados a uso residencial ni se situará ningún uso distinto deñl de vivienda ni a nivel ni por encima de ninguna vivienda con acceso o el mismo portal". Es decir, antes no podían ponerse oficinas en ninguna planta donde hubiera un piso con uso residencial o en las superiores y ahora eso solo reza para las que tengan más de cien metros cuadrados. Otra novedad es que se autoriza el uso de viviendas con actividades económicas en su interior, siempre que las mismas no entren en la categoría de locales abiertos al público y que el acceso sea único. El exponente por antonomasia de esta figura es la del médico que pasa consulta en casa, si bien la nueva economía da numerosos ejemplos de actividades que podrán beneficiarse de la flexibilización urbanística lleada a cabo en Avilés.

Uno de los impulsores de este cambio fue el empresario Gerardo Fernández, dueño de una pastelería en la plaza de abastos y persona convencida de que un paquete de medidas como el aprobado "será muy beneficioso para impulsar la rehabilitación de este espacio, atraer nuevos profesionales que buscan emplazamientos céntricos y lograr el ansiado objetivo de devolver a Hermanos Orbón el lustre que ha perdido".

Fernández, que planteó la modificación en términos de alegación al plan especial del casco histórico de Avilés se congratula de la receptividad municipal: "La aprobación de esta modificación urbanística cumple con éxito las expectativas representadas en alegaciones e instancias enviadas al Ayuntamiento para la reactivación comercial del casco histórico y especialmente la plaza Hermanos Orbón y pone de manifiesto la predisposición y buen hacer de la Corporación".

El concejal de Urbanismo, Luis Ramón Fernández Huerga, afirma que el cambio "atiende al sentido común" y "pone orden" en una realidad urbana incontrovertida: las actividades profesionales, el "boom" del empleo autónomo y ciertos oficios "de nuevo cuño" vinculados a la industria tecnológica demandan locales en áreas urbanas céntricas y no necesariamente han de resultar molestos para el vecindario, que era la razón por la que se introdujo en el PGOU la restricción al uso mixto de edificios de carácter residencial. Así mismo, Huerga asegura que hay salvaguardas en la normativa para proteger a quienes tienen vivienda en un inmueble de posibles "abusos" cometidos por los vecinos de perfil "empresarial".

El cambio, según consenso general, da carta de naturaleza legal a una alegalidad más o menos consetida en ese tiempo, pese a que la ley la prohía: la convivencia tácita de viviendas y oficinas en el mismo edificio.

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