Mieres del Camino, A. L.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado los nombramientos provisionales del jefe de servicio y del jefe de sección de radiodiagnóstico del Hospital Álvarez Buylla de Mieres, que el gerente de atención especializada del área sanitaria VII del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) había realizado el 1 de marzo de 2008.

El TSJA ha considerado probado que estas contrataciones se realizaron «sin convocatoria pública y sin mediar procedimiento selectivo de ningún tipo, lo que resulta contrario a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad proclamados por la ley para la provisión de puestos de personal estatutario».

Esta sentencia viene a confirmar la que previamente había emitido el Juzgado número 1 de lo contencioso-administrativo de Oviedo, contra la que el Servicio de Salud del Principado de Asturias había presentado un recurso de apelación. Según esta primera sentencia, el nombramiento se hizo con «disconformidad a derecho», por lo que se procede a su anulación y deja «sin efecto el nombramiento efectuado con carácter provisional por el gerente de atención especializada del área sanitaria VII de jefe de servicio y jefe de sección de radiodiagnóstico de fecha 1 de marzo de 2008».

Asimismo, también se confirma lo que se decía en primera instancia, donde se desestimaba el argumento del Servicio de Salud del Principado de Asturias que apelaba a la urgencia del nombramiento para justificar que se hubiera llevado a cabo sin sacarlo a convocatoria pública y sin procedimiento selectivo. «En nada se impide el efectuar en su caso nombramientos urgentes si es que la atención al servicio así lo requiere, pero supeditado ello a que de forma simultánea se proceda a la convocatoria del puesto de forma provisional», apunta la sentencia.

El Sindicato Médico del Principado de Asturias (SIMPA) asegura que con esta sentencia los tribunales de justicia desmienten «todas las razones argüidas por el Sespa en defensa de dicho sistema de provisión excepcional», señalando asimismo que los nombramientos realizados por el gerente de atención especializada del área VII del Servicio de Salud del Principado de Asturias se realizaron «sin seguir procedimiento selectivo alguno basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad».