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Un jurista descarta que la expulsión de Carretero altere la lista del PSOE

Autor del libro «El Alcalde: elección y destitución», González del Teso defiende la legitimidad del edil para presidir el Consistorio

 
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Pola de Siero, Franco TORRE

Julio Carretero encabezará en el Pleno de esta mañana la lista del PSOE, toda vez que la ejecutiva local no ha logrado consumar a tiempo la expulsión del concejal. No obstante, el jurista Teodosio González del Teso, coautor, junto a Antonio Calonge, del libro «El Alcalde: elección y destitución», entiende que la expulsión del partido no supondría para Carretero la pérdida de sus derechos dentro del grupo municipal.

«La expulsión no altera la condición de segundo de la lista y, por tanto, la cabeza de ésta pasa a ser candidato en la elección de alcalde», señala a este respecto Del Teso. Para apoyar esta tesis, cita el artículo 23 de la Constitución, compuesto por dos puntos: el 23.1, sobre que «los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal»; y el 23.2, sobre que, «asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y a los cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes».

En base a este artículo, el Tribunal Constitucional, en la sentencia 5/1983, afirmó que «el derecho a acceder a los cargos públicos comprende también el derecho a permanecer en los mismos porque, de otro modo, el derecho fundamental (del artículo 23.2 de la Constitución) quedaría vacío de contenido».

De hecho, la misma sentencia indica que «los representantes dan efectividad al derecho de los ciudadanos a participar y que la permanencia de los representantes depende de la voluntad de los electores, que la expresan a través de elecciones periódicas, como es propio de un Estado democrático de derecho, y no de la voluntad de un partido político». Esta primera sentencia del Tribunal Constitucional ha tenido posteriormente continuidad en diversos casos, que refrendan esa tesis respecto a los representantes. En este sentido, González del Teso señala que «es cierto que se vota a candidaturas presentadas por los partidos, pero quien resulta electo no es la candidatura o el partido que la promueve, sino las concretas personas que la integran y sólo ellas».

En este punto entraría en juego la ley electoral, que en sus artículos 196 y 198 regula el proceso de elección de alcalde, matizando en este último que, en el caso de dimisión de un alcalde, a la hora de elegir al nuevo «encabeza la lista en que figuraba el Alcalde el siguiente de la misma, a no ser que renuncie a la candidatura».

Según González del Teso, actual secretario del Ayuntamiento de Tordesillas (Valladolid), no sólo «no hay ninguna norma jurídica que permita lo que el PSOE de Siero pretende», sino que, además, «admitir que la expulsión -"firme", se dice- juegue el papel que quiere el PSOE es además un semillero de problemas y postergaría la elección de alcalde casi indefinidamente».

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