La sección cuarta de la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Carreño contra la resolución del Principado de Asturias que en 2009 dividió la nueva explanada artificial de Aboño en dos, otorgando más superficie a Gijón que a Carreño. El principal argumento que defendió el municipio ante los tribunales, y que ha sido rechazado, se apoyaba en la existencia de un deslinde previo, de 1889, que hacía innecesario el anunciado por el Principado mediante resolución, sustentado en un informe del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Carreño pretendía el reconocimiento del cien por cien de la titularidad de la explanada de Aboño, frente al tercio que le concedió el Gobierno regional.

El IGN argumentaba en su informe que "ninguna de las actas de deslinde existentes define la jurisdicción de los terrenos ganados al mar por la autoridad portuaria en Aboño". Ese argumento es el que el Ayuntamiento ha querido rebatir en los tribunales, primero en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) y ahora en el Supremo, mostrando toda la documentación de la que dispone, según la cual el deslinde de 1889 es válido. Sin embargo, el Supremo ha dado validez al trabajo realizado por el IGN.

"Llegamos a la conclusión de que el deslinde se ha realizado según criterios técnicos equilibrados", dicen los jueces, "tomando en consideración lo que indica el informe del Instituto Geográfico Nacional". La clave, dice el Supremo, radica en que "resultaba preciso practicar el deslinde del nuevo territorio, situado al norte de El Bocal, que antes no existía, pues al Norte solo estaba el mar Cantábrico, y en consecuencia, no había sido objeto de ningún deslinde anterior", rechazando la validez del deslinde de 1889 esgrimido por Carreño.

Carreño defendió desde el inicio del proceso, en 2006, que los terrenos ganados al mar que ahora ocupan bloques de hormigón son suyos, apoyándose en un acta de deslinde y amojonamiento realizada el 12 de noviembre de 1889. Según el documento, "el límite entre Carreño y Gijón está en el lado este de la ría de Aboño, cuyos terrenos que dan al mar, y se denominan La Junquera, son de Carreño". Estos terrenos son los que ahora ocupa la nueva explanada.

La situación se complica al tener en cuenta que el Consejo Consultivo Regional, órgano en el que se asentó el Principado para dirimir el deslinde, sí reconoce el deslinde de 1889, al contrario que el IGN. "Para la delimitación de la zona en conflicto debe acudirse al más antiguo de los deslindes existentes, el de 1889". Así, el Consultivo desdice al IGN al asegurar que "estimamos que existe un deslinde vigente que delimita la zona, aunque el paso del tiempo y la actividad humana lo hayan oscurecido". Pese a todo, apoyó la delimitación planteada por el Instituto Geográfico Nacional.