La convocatoria de elecciones para designar a los alcaldes de barrio de las once parroquias del municipio -Ables, Arlós, Bonielles, Cayés, Ferroñes, Lugo, Pruvia, Rondiella, San Cucao, Santa Cruz y Villardeveyo- se hará a principios del próximo año. El Pleno del Ayuntamiento de Llanera aprueba mañana el reglamento que regulará la elección democrática de los representantes de la Alcaldía en las parroquias, un documento que obliga a convocar las primeras elecciones en un plazo no superior a tres meses desde su entrada en vigor.

La consulta se realizará un domingo, entre las diez de la mañana y las dos de la tarde, mediante votación en urna, por sufragio universal, presencial, directo y secreto, de los habitantes de cada parroquia. No se podrá votar por representación ni por correo.

Podrán presentarse a las elecciones para ocupar este cargo todos los empadronados mayores de edad que residan habitualmente en las respectivas parroquias. Los alcaldes de barrio en ejercicio que quieran optar a la reelección cesarán automáticamente de su cargo una vez que se haga pública la lista de candidaturas. En el caso de los alcaldes que decidan no presentarse, seguirán en sus cargos hasta que se proclamen los nuevos candidatos.

Habrá tres formas de conseguir el cargo. La primera, ser el único candidato que se presenta en su parroquia. En ese caso, el alcalde de Llanera, Gerardo Sanz, le asignaría el puesto directamente. La segunda sería ganar las elecciones. Quien tenga más votos será elegido directamente alcalde de barrio. Pero existe una tercera opción, la que surgiría en el caso de que hubiera un empate a votos. En este caso, la designación se haría por sorteo.

Los alcaldes permanecerán en el cargo coincidiendo como máximo con los mandatos del Ayuntamiento. En el momento en el que se convoquen elecciones municipales, las posteriores elecciones a alcaldes de barrio deberán tener lugar dentro de los 90 días siguientes a la constitución de la nueva Corporación.

Por otra parte, se establece que en caso de ausencia por enfermedad o causas similares el alcalde podrá designar como sustituto a la siguiente persona con mayor número de votos en las elecciones. Y también se abre la posibilidad de que el regidor cree comisiones de trabajo en los barrios para llevar a cabo estudios y actividades, formadas por todos los vecinos que lo deseen y con el alcalde de barrio como director.