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La familia de la joven atropellada en Antromero busca una condena por homicidio imprudente

El abogado de los parientes de la víctima ve la puerta abierta a un mayor castigo tras anular la Audiencia el primer fallo, que veía imprudencia leve

El acusado, durante el juicio en Gijón, el pasado mes de mayo de 2015.

La familia de Rebeca Rodríguez Artime pretende que el atropello que causó la muerte de la joven en Antromero en 2013 conlleve una condena por un delito de homicidio por imprudencia. Así lo manifestó ayer el abogado de los familiares después de que la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, anulara la condena por imprudencia leve que en su día le impuso el juzgado de lo penal. Según el tribunal, el juez no motivó suficientemente las razones que le llevaron a concluir que se trataba de una imprudencia leve.

El fallo inicial supuso para el acusado el pago de una multa de 1.200 euros y la retirada del carné durante un año, un castigo a todas luces insuficiente, según la familia. De ahí que presentara un recurso ante la Audiencia Provincial que ha fructificado y que abre la posibilidad de una condena mayor.

La joven de 18 años falleció la noche del 29 de julio de 2013 cuando se trasladaba desde Candás hasta la localidad gozoniega de Antromero, donde se celebraba la primera verbena de las fiestas de San Pedro. El accidente que le costó la vida ocurrió poco después de las once y cuarto de la noche. Un grupo de facultativos practicó varias maniobras de reanimación a la joven en el lugar del accidente antes de ser trasladada al Hospital central de Asturias. Según los primeros testigos, el suceso se produjo después de un Citröen ZX conducido con "exceso de velocidad pareció perder el control" e invadió la acera, impactando con la parte trasera de un Renault Megane y arrollando a la víctima y a otras dos personas, amigos de ella, por el arcén de la carretera.

En un juicio celebrado el pasado mes de mayo en Gijón, el acusado admitió que superó el límite de velocidad para esa vía, donde no se puede superar los sesenta kilómetros por hora. El acusado indicó además ante el juez que "conocía muy bien esa zona al ser vecino de Logrezana". Según el juez, en el accidente influyó también el sobreinflado de las ruedas del automóvil, del que considera que el conductor era desconocedor.

Ahora las intenciones de la familia es que el juez condene al acusado como el autor de un delito, no como de una falta, lo que ha conllevado que el procesado no ha recibido ninguna pena privativa de libertad. Así las cosas, la Audiencia Provincial de Gijón ha decidido devolver la causa al juzgado de lo penal para que el mismo juez "proceda a dictar una sentencia debidamente motivada".

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