La elección democrática de los alcaldes de barrio de Llanera ha entrado en su recta final. La ordenanza que regula el proceso electoral ha sido aprobada definitivamente, y como la propia norma establece en uno de sus artículo, ahora el equipo de gobierno municipal tiene un plazo máximo de tres meses para convocar las elecciones.

El texto definitivo de la ordenanza se hizo público ayer, día 4 de abril, con lo que el día de las elecciones no podrá establecerse más allá del 4 de julio. Podrán optar a encabezar las pedanías vecinos de las parroquias de Ables, Arlós, Bonielles, Cayés, Ferroñes, Lugo, Pruvia, Rondiella, San Cucao, Santa Cruz y Villardeveyo. Será el alcalde, Gerardo Sanz, quien convoque por decreto las elecciones.

Una vez abierta la convocatoria, podrá presentar candidatura, conforme al reglamento, "cualquier persona que, estando en posesión de la plena capacidad jurídica y de obrar, figure empadronada en la parroquia a la que opte antes de la fecha de convocatoria electoral, y que sea mayor de edad el día de la votación". Una vez convocadas las elecciones, los candidatos tendrán diez días para presentarse. Por otra parte, los alcaldes de barrio en activo deberán cesar de su cargo si quieren presentarse a las elecciones, y, si no, pueden permanecer en su cargo hasta que se proclamen los nuevos representantes electos

Solo habrá elecciones en aquellas parroquias en las que haya más de un candidato. Si hay solo uno, saldrá elegido automáticamente, y en el caso de que no se presente ninguno, el alcalde puede designar uno una vez que concluya el proceso electoral.