Los propietarios de El Águila Negra, Miguel Ángel Tresguerres Riestra y los hermanos Ángel y José Antonio Díez Carbajosa, han sido condenados a un año de cárcel cada uno por permitir el deterioro del edificio histórico ubicado en la parte sierense de Colloto. Esa es la decisión del magistrado del Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo, que considera que ha habido un delito contra el patrimonio histórico en una sentencia pionera porque estos asuntos, habitualmente, se resuelven en la vía contencioso-administrativa.

Son ocho meses menos de cárcel de los que pedía la Fiscalía, que actuó tras la denuncia del Ayuntamiento de Siero. La sentencia, además, condena a los acusados a asumir el coste de las obras para el mantenimiento, según determine el Servicio de Patrimonio Cultural del Principado. El juez declara responsable civil subsidiario a la empresa Gestión Nora S.A., que gestionan los condenados, para los que la defensa solicitaba la libre absolución.

"Perplejos por una sentencia injusta". Así estaban los condenados, asegura Gerardo de la Iglesia, del despacho De la Iglesia y Teijelo, donde trabaja Carlos Valdeón, encargado de la defensa. El letrado apuntaba a un fallo "único en España", al condenar por lo penal un delito contra el patrimonio histórico. La defensa insiste en que es un asunto competencia de los juzgados contencioso-administrativos, que también fallaron en su momento en contra de los acusados. Lo achaca a un "empecinamiento del fiscal" y compara el valor histórico y cultural del "Águila Negra" con los hórreos. Y anuncia una apelación ante la Audiencia Provincial porque están "muy disconformes".

Tras escuchar en una primera sesión a los condenados y a algunos de los testigos, así como a los peritos en las cinco jornadas siguientes, el magistrado determina que los dueños "no realizaron trabajos dirigidos a mantener la conservación" del inmueble, en el estado en el que se hallaba cuando fue adquirido. La sentencia precisa que en el momento de la compra "su estado no era ruinoso -como insistió en demostrar la defensa-, sino deteriorado en un grado tal que permitía ser adquirido". De haber estado en ruina cree que lo lógico es que hubiera constado en el convenio con el Ayuntamiento. El magistrado insiste en que "no salvaguardaron el edificio", permitiendo que paulatinamente se fuera deteriorando su estructura, desapareciendo su cubierta de zinc, permitiendo la proliferación de vegetación en la base de las cubiertas, que en zonas estratégicas del tejado las tejas estuvieran retiradas, dejando huecos y dando lugar a que entrara agua, provocando la podredumbre de vigas, muros o cerchas.

El juez insiste en que no evitaron roturas en la fachadas, en los forjados interiores y la planta del sótano. El resultado es un "deterioro muy grave, desastroso", que dio lugar a su ruina económica, pero no técnica, como pretendían para que se hiciera cargo de su rehabilitación el Ayuntamiento de Siero. Añade que los condenados "han mostrado una resistencia reiterada a efectuar inversión económica para mantener el estado en el que se hallaba el inmueble ".