Mieres / Langreo, A. C.

La inspección técnica periódica de los vehículos tiene por objeto comprobar si siguen cumpliendo las condiciones exigidas para su circulación por las vías públicas. Las leyes también clasifican la categoría de los defectos: leves, graves y muy graves. Las taras leves no tienen un efecto significativo en la seguridad del vehículo o protección del medio ambiente y con los que el vehículo puede circular temporalmente. Son defectos que deberán repararse lo antes posible. No exigen una nueva inspección para comprobar que han sido subsanados, salvo que el vehículo tenga que volver a ser revisado por haber sido calificada la como desfavorable o negativa.

Los defectos graves disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo, ponen en riesgo a otros usuarios de la vía pública o a la protección del medio ambiente. Esta clase de taras inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller, o en su caso, para regularización de su situación y vuelta a la estación de ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses. La inspección técnica será calificada como desfavorable.

Por último, los defectos muy graves constituyen un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial. Si en una inspección técnica desfavorable el vehículo acusara defectos de tal naturaleza que la utilización del vehículo constituyese un peligro para sus ocupantes o para los demás usuarios de la vía pública, la estación ITV calificará el defecto como muy grave y la inspección como negativa. En este supuesto, el vehículo será trasladado por grúa a un taller.