Mieres / Langreo, J. E. M.

La Plataforma de Afectados del Montepío de la Minería ya ha recurrido el auto dictado por la titular del Juzgado de Primera Instancia, número cuatro de Oviedo, la juez María Luisa Llaneza, en la que ésta decreta, al no percibir indicios delictivos, el archivo de la querella interpuesta por la citada plataforma por presunta administración fraudulenta y desleal contra los directivos del Montepío de la Minería y el empresario que cerró con ellos dos operaciones inmobiliarias -la compra de 61 adosados y la venta de 140 apartamentos- a principios del año 2003 en las provincias de Murcia y Almería.

Según ha podido saber este diario, el recurso de reforma, que por supuesto rechaza el archivo de la causa, es breve, aunque hace hincapié en algunos puntos que considera desacertados.

La acusación del «caso Montepío» muestra su sorpresa ante la decisión de la juez de dictar el sobreseimiento de la causa sin haber agotado la instrucción. Y recuerda que el Juzgado decidió, el pasado 17 de abril, citar a un testigo para el próximo día 21 de mayo. La acusación pide que se tome la testifical, con la que esperan demostrar que el Montepío vendió a mitad de precio los adosados de Murcia. El declarante es un comprador que adquirió la vivienda en 99.117 euros «sólo unos días más tarde de que el Montepío la vendiera en 54.091».

Uno de los aspectos en los que hace más énfasis el recurso se refiere a la contundencia con la que la juez, que asumió la investigación en 2007, sostiene la inexistencia de indicios delictivos cuando los tribunales que examinaron el caso entre 2003 y 2007, el Juzgado número cuatro de San Javier, Murcia, y «un tribunal superior», la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, en Cartagena, sí percibieron una posible actividad delictiva. Dados estos precedentes y teniendo en cuenta que faltan pruebas por practicar y que los denunciados se negaron a contestar las preguntas de la acusación en sus interrogatorios, la acusación considera inaceptable el archivo de la causa.

La Plataforma de Afectados del Montepío señala que no puede aducirse en este momento procesal la inexistencia de hechos delictivos y reclama «que se practiquen las diligencias de investigación mínimas deducibles de la primera querella y de la ampliación de la misma» aceptada por la Audiencia de Murcia. La acusación afirma que «sin agotarse la instrucción no es posible que haya justificación para dictaminar el sobreseimiento libre del caso e incluso tampoco lo habría para un sobreseimiento provisional». La acusación reclama al menos tres testificales más.