Langreo, L. M. D.

La reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy es «amplia, profunda, y marca un antes y un después en el sistema de relaciones laborales en España». Las nuevas modificaciones en la legislación «atacan los derechos de los trabajadores desde dos frentes: deja al empresario la facultad absoluta para despedir o cambiar las condiciones del empleo, y va contra la negociación colectiva». Así lo afirmó, en la Casa de la Buelga de Ciaño, la gerente de los servicios jurídicos del sindicato UGT, Marina Pineda González, que participó en la charla-debate «La reforma laboral», un acto organizado por la Universidad de Oviedo y Cauce del Nalón en colaboración con el Club LA NUEVA ESPAÑA en las Cuencas. La conferencia contó con la intervención previa de Tomás Fernández Antuña, de Cauce, y de Aladino Fernández, de la Universidad de Oviedo.

La responsable de los servicios jurídicos de UGT dejó claro que, como abogada laboralista y trabajadora de un sindicato «veo esta reforma desde el punto de vista de los trabajadores», pero «hay algunas cosas que son incuestionables y objetivas para valorar la reforma. Que cambia el modelo de las relaciones laborales, que otorga más poder a la patronal y que recorta derechos laborales es un hecho incuestionable y objetivo. Se hace porque se piensa que así se va a crear empleo, pero en mi opinión no es el camino correcto».

Pineda fue analizando, uno por uno, los capítulos de la reforma. El primero, llamado «Medidas para favorecer la empleabilidad» permite «a las empresas de trabajo temporal (ETT's) a funcionar como agencias de colocación». En su opinión, esto persigue «ir privatizando el servicio público de empleo», que eso sí, «tiene poco poder de colocación». Además, «por enésima vez», se modifica el contrato de formación, «en el que ahora se recibe menos formación, un 15%, y se trabaja más, el 85% del tiempo. La formación la realiza la propia empresa en sus instalaciones y en algunos casos lo que se hará es trabajar únicamente». En el punto denominado «Fomento de la contratación indefinida» se crea un tipo de contrato, el «contrato indefinido para emprendedores», cuyas condiciones son «las de un contrato temporal», a cuya finalización, un año, el empresario puede decidir si contrata de forma indefinida o no. Si no lo hace, el empleado no recibe ninguna compensación. Además, se incentiva la contratación de los parados que cobren prestación, dejando «a lo que están más necesitados, sin ningún ingreso, condenados a la indigencia».

En otro de los apartados, el de la «Flexibilidad interna como alternativa a la destrucción de empleo», la reforma permite a la empresa «cambiar las condiciones del empleo, la cuantía salarial, los turnos o las horas de trabajo» sin necesidad de negociar con el comité de empresa. «Hay que cumplir unas condiciones», expuso la abogada, «pero se tienen muchas menos cortapisas que antes». El artículo dedicado a la «Negociación colectiva» es uno de los que «más modificaciones sufre». Se prioriza el convenio de la empresa sobre el colectivo, e incluye la posibilidad de despedir de forma «objetiva» si la empresa, durante dos trimestres seguidos, baja su nivel de ingresos o ventas. «No se cómo va a aplicarse este punto», explicó Pineda, «porque los balances de las empresas son anuales. ¿Van a dejar entrar al juez en sus libros de cuentas, o van a poder falsearlas? Veremos qué se hace». En el punto «Medidas para favorecer la eficiencia del mercado laboral y evitar la dualidad laboral», se rebaja la indemnización por despido improcedente de 45 días por año trabajado a 33 días. «Este punto», explicó la responsable de UGT, «es lo de menos, porque apenas habrá despidos de este tipo. Despedir por causas objetivas será tan fácil que no habrá que acudir aquí».

Para finalizar, Pineda destacó que la reforma abre las puertas a que las administraciones y las empresas públicas puedan despedir de una forma mucho más fácil que antes.