El Ayuntamiento de Laviana ha iniciado el proceso para actualizar las ordenanzas municipales que han quedado desfasadas y reflejar "las nuevas realidades" que no están reguladas. "Es necesario modernizar la legislación y en aquellos casos en que no existan ordenanzas redactarlas", aseguró el Alcalde, Adrián Barbón, tras la aprobación del reglamento de la ordenanza reguladora de la protección y tenencia de animales de compañía.

Este texto, indicó el regidor, "está ligado a reforzar los derechos y obligaciones de los propietarios, a que se cumpla la normativa sanitaria y a regular las sanciones". La entrada en vigor de esta ordenanza municipal llevará consigo la creación de un registro municipal de animales de compañía, donde se tienen que censar en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de nacimiento o adquisición. El propietario deberá llevar de "forma permanente" la identificación censal.

Cuando fallezca el animal, su propietario está obligado a notificarlo para darlo de baja del registro municipal de animales de compañía. La ordenanza municipal de tenencia de animales de compañía recoge que se recurrirá a la "identificación electrónica mediante la implantación de un microchip homologado". Refleja también que "el número de animales que puedan alojarse en cada domicilio o inmueble podrá ser limitado por la Alcaldía en virtud de informes técnicos sanitarios que así lo aconsejen". En el caso de que no sean sometidos a las campañas de vacunación, controles y tratamientos veterinarios previstos o si existen indicios de malos tratos o torturas o mala alimentación podrán ser recogidos para proporcionarles a costa de sus propietarios las atenciones que necesiten con independencia de las sanciones económicas que se deriven.

El Ayuntamiento de Laviana aplicará sanciones que oscilan entre los 60 euros por una infracción leve y los 3.000 euros por una muy grave. Entre estas últimas figuran los malos tratos, el adiestramiento de animales para potenciar su agresividad, la desatención, privándole de alojamiento y de la alimentación adecuada o "dejar materiales orgánicos o sustancias alimentarias envenenadas" para que el animal que las ingiera enferme. La posesión de un animal no censado o no recoger los excrementos de las vías públicas son infracciones leves que pueden acarrear una multa de entre 60 y 200 euros.

La ordenanza aprobada en el último pleno prohíbe el "suministro de alimentos a animales vagabundos o abandonados" y "exhibir a los animales en los escaparates como reclamo de los establecimientos comerciales". Los perros tendrán que ir sujetos con correa o con un collar de una longitud máxima de dos metros cuando circulen por vías o espacios públicos de "la zona urbana de Pola de Laviana y Barredos", en las zonas deportivas y alrededor de las áreas escolares.