"La madre estaba siempre drogada delante de los niños, pero nunca la vi maltratarlos. Tuvo que ser un accidente", declaró ayer la abuela de la niña de dos años que resultó con quemaduras en un brazo. La fiscal planteó en el juicio celebrado ayer en el Juzgado de lo penal número 1 de Langreo que las lesiones fueron producto de un cigarrillo, y mantuvo su petición de 11 meses de prisión, así como la retirada de la patria potestad durante dos años y una pena de alejamiento respecto a la niña por espacio de otros cuatro. La acusada, Marcelina B. J., de unos treinta años, no acudió a la vista, pero ésta se celebró de todos modos al ser la pena solicitada inferior a un año de cárcel. La mujer ha sido excarcelada hace poco de la prisión de Asturias, y tiene pendientes juicios por robo y hurto. Se cree que puede estar en Vizcaya, provincia de la que es natural. Aunque estaba citada, no pudo ser localizada por la administración de Justicia.

La defensa, a cargo de Pedro Paulino Sánchez, del despacho Asturlex, solicitó la libre absolución. Según su versión, la declaración de la pediatra que denunció los hechos no fue concluyente, y la del forense, introdujo algunas dudas. Y es que no observó otras lesiones distintas de las quemaduras. En los casos de malos tratos, suele haber una pluralidad de lesiones. En el historial clínico de la pequeña no hay indicios que apunten a una situación de abandono, puesto que tenía todas las vacunas. Y mantuvo, conforme a su informe, que las lesiones pudieron ser accidentales.

No les dio importancia

Es la misma tesis que la abuela de la niña, quien admitió por otro lado las malas relaciones que mantiene con la acusada. La mujer ya había visto las lesiones un mes antes de que pasar con la niña a la revisión pediátrica de la que salió la denuncia, pero no les había dado importante.

La defensa insistió en el hecho de que, de haberse producido las lesiones por la quemadura de un cigarrillo, nunca pudieron ser causadas de forma consciente, puesto que la mujer estaba siempre drogada. Por tanto, no hay dolo y la acusada no puede ser condenada por el delito de lesiones que le reclama el ministerio público.