Un multa de 360 euros. Ésa es la condena que deberá afrontar la langreana acusada de permitir que su hijo faltara al instituto de forma continuada durante dos cursos. La sanción es sensiblemente inferior a los 1.620 euros que pedía inicialmente la Fiscalía. El abogado de la defensa expuso tras el acto de conformidad que no hubo dejadez por parte de la madre y que la mujer no impidió que el menor, que ahora tiene 16 años, acudiera a clase. La progenitora, que trabaja, ante el reiterado absentismo escolar del joven, optó por dejarlo en casa para evitar que estuviera desamparado en la calle, argumentó el letrado Santiago García Arboleya.

El menor, que en la actualidad estudia en la Escuela de Hostelería, no asistió al IES de Ciaño de manera constante cuando cursaba segundo curso de la ESO. Según el ministerio fiscal, la mujer permitió que el joven no acudiera a clase de manera continuada durante el curso 2014-15. En la siguiente temporada lectiva, repitiendo curso, el menor dejó de asistir a las aulas definitivamente en febrero de 2016.

Las partes llegaron a un acuerdo de conformidad por un delito de abandono de menores antes de la vista, los que evitó que se celebrara el juicio, programado para las 10.30 horas de ayer. La petición inicial de la Fiscalía de nueve meses de multa con una cuota diaria de seis euros, 1.620 euros en total, se redujo hasta los seis meses de sanción con una cuota al día de dos euros, un montante de 360 euros.

Santiago García Arboleya, abogado defensor, hizo de portavoz de la mujer a la conclusión del acto de conformidad. "Se estaba juzgando un abandono de familia", indicó el letrado, para precisar a continuación que "en este caso tal abandono venía por la ausencia del menor del centro de estudios. Realmente sí estaba faltando, pero la actitud de la madre no ha sido una actitud pasiva. Su actitud fue, a sabiendas de que él iba abandonar el centro una vez que lo dejara a la entrada, volver a recogerlo y llevarlo para casa. Hasta que llegó un momento en que no lo dejaba en el centro, sino que lo tuvo con ella en su casa hasta que se matriculó en la Escuela de Hostelería". Y apostilló: "La madre me explicó: 'Mi hijo no iba a clase y lo tenía en casa para que no anduviera desamparado en el parque'. No fue un abandono de familia tal cual, sino que lo que se hizo fue proteger al menor".

Uno de los argumentos de la Fiscalía era que la madre fue citada, de forma reiterada, tanto por el centro escolar como por los Servicios Sociales para tratar de corregir la situación, pero no acudió. García Arboleya aseguró que "el abandono de familia se reduce a que simplemente no se le dejó en el parque sino que lo tenía en casa. El instituto incluso llegó a afirmar que el niño estaba en el centro cuando se encontraba en el parque a sabiendas de la madre. Puesta en contacto con el centro decían que sí, que estaba en el instituto, pero en el centro no estaba. Estaba con su madre".

El letrado de la defensa se refirió, además, al acuerdo de conformidad alcanzado con el ministerio público. "El fiscal estaba solicitando una pena de 1.620 euros y se logró una conformidad con una reducción sustancial a 360 euros, con una cuota de dos euros por seis meses de multa".