Carpetazo judicial a un polémico caso en el sector del taxi. El Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo ha absuelto al extesorero de la Confederación del Taxi de España (CTE) y la Federación Asturiana Sindical del Taxi (FAST), que había sido demandado por presuntos delitos de falsedad documental e injurias. Cursó la demanda el presidente de ambas entidades, acusándolo de forzar el cierre del centro de formación del Taxi de Langreo. El extesorero fue defendido por el letrado Daniel Sánchez Bayón (portavoz socialista en el Ayuntamiento de Lena): "La defensa no fue fácil puesto que la FAST, a instancias del presidente, utilizó a un total de nueve testigos (incluidos todos los miembros de la FAST), un perito calígrafo y un perito informático para tratar de sostener en el juicio las acusaciones formuladas contra mi representado", afirmó ayer el abogado.

El caso se remonta al año 2014. Fue entonces cuando el presidente de la FAST y del CTE, José Artemio Ardura, afirmó públicamente que el cierre del centro de Langreo respondía a la falta de confianza hacia el extesorero (también gerente del centro): "Falsificó documentos, incluso mi firma, y aseguró a nuestro socio que la Federación Asturiana del Taxi lo iba a abandonar", aseguró entonces.

El acusado, cliente de Sánchez Bayón, "fue objeto de un expediente disciplinario y resultó finalmente expulsado de la FAST y la CTE, por esos hechos. Y también fue despedido de su cargo como gerente del centro de Langreo, acusado por José Artemio Ardura de haber traicionado a ambas instituciones". El juzgado de lo penal de Oviedo ha declarado ahora la inocencia del acusado y lo absuelve de los delitos de injuria y falsedad documental. La jueza, según detalla la sentencia, no aprecia indicios de que el documento en cuestión hubiese sido falseado, tras escuchar las explicaciones y los informes de sendos peritos calígrafos. Los expertos analizaron las copias y también la firma que aparecía en ambos documentos. También afirma el fallo que las explicaciones ofrecidas por José Artemio Ardura "y por los testigos de cargo procedentes de la empresa de gestión de flotas" obedecen a "un planteamiento infantil y basado en meros dimes y diretes".

Daniel Sánchez Bayón afirmó ayer que "mi cliente se reserva el ejercicio de las acciones que en derecho le asistan para conseguir la reparación del daño causado a su imagen, a su honorabilidad en el ejercicio de su profesión". Daños que surgen "de las acusaciones sin fundamento dirigidas hacia él".