El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó ayer el anuncio de aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la venta ambulante en el municipio de Mieres y que incluye sanciones de hasta 3.000 euros. La norma deja sin vigor la que se venía aplicando desde 1999.

La nueva ordenanza tiene por objeto regular el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria en el término municipal de Mieres, entendiendo por tal la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, cualquiera que sea su periodicidad y el lugar donde se celebre.

En concreto, la ordenanza regula las distintas modalidades de venta ambulante: venta en mercadillos, venta en la vía pública y venta ambulante itinerante en cualquier clase de vehículos que se autoriza para productos limitados, principalmente en zonas rurales con escasos equipamientos comerciales. La ordenanza limita las zonas donde se puede y donde no se puede realizar esta actividad, estipula los horarios y días, recoge cómo será el régimen de autorización de la venta ambulante, el contenido y transmisión; y los motivos por los que podría ser revocada. Una de las partes donde se hace especial hincapié es en el mercado dominical de Mieres. Así, se regula el horario de venta, que será entre las nueve y media de la mañana y las dos y media de la tarde. Los comerciantes pueden acceder al entorno para montar a partir de las siete de la mañana, pero a las nueve y media ya tendrán que tener sus puestos en pie. Las obligaciones de los vendedores, las competencias municipales y también las especificidades de la venta en mercadillos ocasiones, fiestas o festejos populares, en mercadillos sectoriales o de la venta directa por los agricultores, entre otras cuestiones, también están incluidas en esta nueva ordenanza, que también incluye un régimen de sanciones por cometer infracciones en esta materia. Estas multas van desde los 750 a los 3.000 euros, en función de su la infracción se considera leve, grave o muy grave. Las sanciones también incluyen la suspensión de la actividad, que puede ser temporal, entre dos y treinta días, hasta la pérdida de la autorización de venta. Estas infracciones también podrán prescribir en seis meses para las que sean leves, dos años para las graves y tres años para las muy graves.

La concejala de Comercio de Mieres, Diana López Antuña, que fue la impulsora de la actualización de la normativa había señalado cuando la norma salió a información pública que este tipo de mercados "atraen a mucha gente del concejo y de otros municipios". La ordenanza "busca garantizar el cumplimiento de obligaciones básicas y legales pero también facilitar la actividad en este ámbito".