Tomás Cueria, exalcalde de Caso, ha sido absuelto de prevaricación. El magistrado del Juzgado de lo Penal de Langreo no aprecia la comisión del delito por el que había sido juzgado. El fallo refleja que el que fue regidor casín, del PSOE, levantó varios reparos de la entonces secretaria-interventora municipal pero no ha quedado probado que Cueria fuera consciente de haber cometido irregularidades. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.

Cueria, que dimitió en julio del pasado año como regidor para cumplir el código ético de su partido, aseguró que obró "siempre de la mejor forma, con buena voluntad, lo que viene a confirmar el fallo". La Fiscalía había solicitado nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al entender que gestionó de forma irregular contrataciones públicas que suman 67.000 euros. Los reparos fueron levantados para dar luz verde al pago de una factura a la cooperativa Cofoso por unos trabajos de prevención de incendios, una contratación para impartir clases de gimnasia por parte de Gesport, otra para limpiar dependencias municipales a cargo de la firma Vilzar y otra contratación con Aqualia como beneficiaria, para el mantenimiento de depuradoras.

El juez constató que en el caso del levantamiento del reparo a la factura de la cooperativa Cofoso, dado que se requiere la utilización de maquinaria pesada, tractores y desbrozadoras, para el desbroce y la limpieza de viales para accesos a los servicios contra incendios se trata de un supuesto contrato de obras "que podría adjudicarse directamente al no superar su cuantía los 50.000 euros según criterio de la junta administrativa estatal". Reflejó además que se justificó la realización de los trabajos y la obligación del Ayuntamiento de abonar la factura para evitar reclamaciones y el "enriquecimiento injusto" del Consistorio.

No se ha probado que al adjudicar los trabajos Cueria "fuera consciente de estar cometiendo ninguna ilegalidad sino motivado por la premura de realizarlos antes de que nevara o viniese a ser ineficaz la subvención de seguirse los trámites ordinarios de publicitación y adjudicación", refleja la sentencia.

Respecto a las clases de gimnasia, que formaban parte del programa "Rompiendo distancias", el juez destaca que el servicio se venía prestando a los centros sociales desde 2008 por el Ayuntamiento, regido entonces por IU, "a la que pertenece el testigo denunciante", refleja. El exalcalde del PSOE levantó los reparos al abono de facturas por la limpieza de las instalaciones municipales sin ser consciente de estar incumpliendo las normas sobre contratación.

En el mantenimiento de las depuradoras, el fallo destaca que la firma prestaba la actividad desde 2004 y que "el servicio había que seguir prestándolo hasta que se adjudicase en forma por el riesgo para la salud del vertido de aguas fecales a los ríos y el pantano". El juez resaltó que no consta que la actuación del exalcalde haya acarreado "daño grave a las arcas públicas o a terceros" ni que el exedil tenga relación con las empresas que prestaron los servicios. Cueria afirmó que la denuncia de IU "fue una estrategia para sacarme de la Alcaldía" y añadió que su actuación fue "coherente" desde el principio.