El Ayuntamiento de Langreo tiene luz verde para conectar la traída del Raigosu con la depuradora de Entralgo y aprovechar así el 80 por ciento del caudal del canal. El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Oviedo ha desestimado el recurso interpuesto por el Consistorio de San Martín (beneficiario del 20 por ciento restante) contra el acuerdo plenario de Langreo que aprobó conectar la potabilizadora con la traída y la instalación de caudalímetros. El juez también impone las costas a San Martín, que puede recurrir el fallo.

El reparto del caudal del Raigosu nace del acuerdo firmado en 1928 entre los Ayuntamientos de Langreo y San Martín del Rey Aurelio. El documento fija que este último Consistorio captaría el 20% del caudal, mientras que al concejo cabecera del valle correspondía el 80%. Pero actualmente sólo San Martín aprovecha el agua. Langreo pretende iniciar la obra de conexión de la traída del Raigosu con la depuradora para poder captar su parte (de 100 litros por segundo) para que puedan ser utilizados por los vecinos del concejo.

En juez tumba en su fallo los argumentos esgrimidos por San Martín. En primer lugar, no detecta anomalías en el procedimiento seguido por el Ayuntamiento de Langreo ni incongruencias en el acuerdo plenario. San Martín había argumentado que no existió una audiencia efectiva previa antes de adoptar los acuerdos. "A la vista de lo expuesto" -apunta el fallo- "ninguna irregularidad cabe apreciar en el actuar de la Administración demandada, quien concedió plazo para las alegaciones al Ayuntamiento recurrente, que dejó transcurrir el plazo concedido sin cumplir dicho trámite".

También sostiene la sentencia judicial que las obras proyectadas por Langreo "no desbordan los términos del convenio" original, "siempre que, lógicamente, se garantice el caudal de agua a que es acreedor el Ayuntamiento de San Martín. Este Consistorio entendía que el convenio otorga a Langreo la facultad de hacer obras de conservación, reparación y vigilancia, pero no de nueva creación.

Interpretación

Para el juez, la interpretación de ese convenio de 1928 debe hacerse atendiendo a la "realidad social en que debe ser aplicado" y "respetando los derechos" del Consistorio de Langreo, que "persigue una adecuada y eficiente gestión ante un recurso escaso y donde el cambio climático y las propias exigencias medioambientales que se imponen hoy en la explotación de tales recursos, muy diferentes a las existente en el momento de la firma del convenio, impide tomar sus clausulados de forma pétrea, como parece entenderlo el Ayuntamiento de San Martín".

Según expone el juez, lo que pretende Langreo es, "en esencia, incorporar a la estación depuradora de Entralgo las aguas de la red del Raigosu". "Nada" -prosigue el fallo- "impide al Ayuntamiento de Langreo llevar a cabo una obra como la pretendida, siempre lógicamente que se respete la cesión del 20 por ciento de caudal a que viene obligado por el convenio". Por todo ello, el magistrado resuelve desestimar el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de San Martín.

El alcalde de Langreo, Jesús Sánchez, mostró ayer su satisfacción con los términos de una sentencia "contundente y muy clara". "Lo que estamos haciendo es tratar de utilizar un agua que es nuestra y defender los derechos y los intereses de los vecinos de Langreo, unos derechos que San Martín cuestionó". Langreo no cerró la puerta a un "consenso" con el concejo vecino, pero "desde la base de que Langreo es propietario del 80 por ciento del caudal" de la traída.