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HEMEROTECA » EL TIEMPO » |
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La resolución del conocido como «caso Contador» hecha pública por el Tribunal de Arbitraje Deportivo ha producido una corriente de indignación entre la ciudadanía española, o al menos eso cabe deducir de los comentarios en internet y de las distintas encuestas «oficiosas» realizadas. No obstante, desde un punto de vista objetivo, no creemos que sea el momento de «hacer sangre» con el TAS ni de poner en él el foco de la crítica. Este escrito no va a analizar jurídicamente la resolución, pues, por triste que parezca, sólo es una más en el sistema antidopaje y nos llevaría cientos de páginas su análisis.
Como venimos denunciando, la normativa antidopaje es totalmente desproporcionada, ni siquiera está claro cuál es la finalidad que persigue y en la consecución de un fin difuso no escatima medios por muy cuestionables que sean desde el punto de vista jurídico.
No es infundada la indignación ciudadana, pero estimamos que es el momento de analizar las causas, ya que una regulación como el Código Mundial Antidopaje, pese a no ser jurídicamente vinculante para los estados, y ser una norma de Derecho Internacional Privado, ha sido amparada, cuando no aplicada, por estados democráticos y de derecho, que la han intentando implementar, «en la medida de lo posible» en sus ordenamientos jurídicos. Y ya lleva más de nueve años en vigor. Peor lo han tenido deportes como el ciclismo que, desde 1998 se ven sometidos a una regulación que parece emitirse en un «limbo jurídico», en un «Guantánamo jurídico» en el que se ha convertido el derecho del dopaje.
En España, la mera posibilidad de ser excluidos de la organización y participación en Juegos Olímpicos llevó a los políticos al auténtico ejercicio de equilibrio y dejación que entendemos supuso la ley orgánica de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte de 2006, que mejor se hubiera denominado ley antidopaje porque de protectora de la salud tiene más bien poco. El legislador español, el Parlamento, con un acuerdo casi unánime, para esto sí PSOE-PP, aprobó una norma absolutamente cuestionable desde el punto de vista constitucional del respeto a los principios esenciales de un ordenamiento jurídico avanzado (entre otros, principios de legalidad, seguridad jurídica, irretroactividad, presunción de inocencia, culpabilidad, in dubio pro reo?) y de los derechos fundamentales de los deportistas, que no por realizar una actividad deportiva dejan de ser ciudadanos (especialmente, artículos 18 CE (derecho a la intimidad personal, derecho a la vida privada y familiar) y artículo 25 CE (legalidad sancionadora)), sin entrar a considerar los artículos de los distintos tratados internacionales sobre Derechos Humanos y Fundamentales que, esos sí, vinculan al Estado español como sujeto de Derecho Internacional.
Los estados han creado o contribuido a crear un «monstruo» que les puede acabar «comiendo» y que, de hecho, ya les ha condicionado el ejercicio de su soberanía estatal. Parece que la Agencia Mundial Antidopaje (sin olvidar al COI y a las federaciones deportivas internacionales) se mueve en una suerte de universo paralelo donde no existen normas ni reglas más allá que las que ella misma impone. No puede olvidarse que si el dopaje es un «negocio», no lo es menos la lucha contra el dopaje. Los estados no pueden consentir que organizaciones privadas impongan a sus nacionales normativas que infringen los más elementales principios de un sistema legal de derecho. En nuestro ordenamiento, una asociación de base privada con unos estatutos y regulaciones internas semejantes a las de la AMA, y especialmente al CMA no pasarían el filtro de los tribunales ordinarios nacionales. Pero los estados no se atreven a cuestionar ni a la AMA ni al COI, porque priman más los intereses políticos y económicos derivados de la organización o participación en el panorama deportivo internacional que los derechos de los deportistas, que hoy tienen más razones para sentirse «ciudadanos de segunda», especialmente los ciclistas (aunque éstos ya podrían considerarse incluso «ciudadanos de tercera»).
El daño está hecho, las posibilidades de Contador de que el Tribunal Federal Suizo tome en consideración su recurso son escasas, menos aún de que logre una resolución favorable, si bien eso queda ahora en manos de sus abogados, al igual que la determinación de la multa económica derivada de la sanción y las costas ante el TAS, y un anunciado, en su caso, recurso ante el Tribunal de Estrasburgo.
Lo que debe servir esta resolución es como medio de denuncia y para poner de manifiesto las lagunas, por no decir océanos, del sistema antidopaje. Un sistema injusto, desproporcionado y viciado desde su nacimiento, que ha condenado a muchos antes de a Contador, pero que con su caso llama la atención de la opinión pública. Esperamos que el Gobierno actual se tome más de dos meses para aprobar su propuesta de una nueva «Ley Antidopaje», como anunciaba el ministro de Educación, Cultura y Deporte, señor Wert, en una entrevista publicada este domingo. Los deportistas no merecen un trato menos respetuoso con sus derechos y libertades fundamentales que cualquier otro ser humano, con independencia de su nacionalidad. Los deportistas españoles han llenado de orgullo y triunfos a nuestro país y se han ganado el respeto mundial, no sólo de los españoles. Ésta no es la forma de agradecérselo. Quizá sea este el momento de hacerse fotos con Contador.
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