El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu no ve delito en la pitada al himno nacional que se produjo en el Camp Nou el pasado 30 de mayo durante la final de la Copa entre el Barça y el Athletic en presencia del rey Felipe VI.

Andreu archiva así en un auto la denuncia que por estos hechos interpuso el Colectivo Manos Limpias, al entender que no son constitutivos de infracción penal, pese a que la Fiscalía de la Audiencia Nacional había considerado que la pitada podía suponer un delito de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España.

El magistrado basa su decisión de archivar en que en 2009 se produjo un hecho similar, la "sonora" pitada al himno en el estadio de Mestalla en Valencia, también durante la final de la Copa y en presencia del Jefe del Estado, y que en ese momento la Fiscalía no vio ningún indicio de delito, por lo que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz lo archivó.

Ese archivo fue recurrido ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que dictaminó que, pese "al comportamiento más que desagradable que hubieron de soportar los monarcas", "no se está en presencia de una conducta ni injuriosa (...) para el Jefe de Estado ni tampoco de ultrajes a España".

Debido a la similitud entre ambos casos, Andreu sostiene que son "íntegramente aplicables los razonamientos entonces expuestos" por la Fiscalía, en los que se consideraba que "la libertad de expresión es la piedra angular de los principios de la democracia".

Según los argumentos que defendió entonces la Fiscalía, y que el juez hace ahora suyos para rechazar la denuncia, es "de la máxima importancia no desmotivar a los miembros del público, por miedo a sanciones penales o de otro tipo, de expresar sus opiniones sobre cuestiones de interés público".

Añadía que la emisión "de un determinado sonido" así como "la colocación de unas pancartas" no se pueden considerar como injuriosa, "salvo que pretendamos avanzar tanto en la protección de estas instituciones que impidan cualquier y concreto acto de crítica".