La Liga de Fútbol Profesional sancionará a los clubes que no consigan el 75% de ocupación en la grada opuesta a las cámaras instaladas en la tribuna principal y que se verá por televisión, de acuerdo con el artículo 6.4 del Reglamento para la Retransmisión Televisiva que entra en vigor a partir de la temporada 2016/17.

"La ocupación de dicha grada (opuesta a la cámara principal) deberá ser de al menos el 75%, en caso contrario serán aplicables las sanciones previstas en este reglamento. En caso de que la ocupación sea inferior al 50%, dicha sanción se duplicará". La ocupación de la grada opuesta a las cámaras instaladas en la tribuna principal será evaluada por la figura del 'Director de Partido'."Esto se comprobará a través del material gráfico proporcionado por la unidad móvil y de las fotos que él mismo realizará en el minuto 30 del encuentro. De este modo podrá valorar la afluencia y distribución de público", explica LaLiga.En caso de disconformidad en las cifras, se recurrirá a los datos proporcionados por los tornos de acceso a la grada. "Se computarán como asientos ocupados aquellos asientos que hayan sido vendidos como abono de temporada a precio de tarifa aunque en algunos partidos no sean utilizados", apunta el reglamento.