Los contribuyentes han confirmado hasta el 20 de mayo 106.117 borradores del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en Asturias, lo que representa un incremento del 13% sobre los confirmados en igual periodo del año pasado, según informaron fuentes de Delegación del Gobierno a través de una nota de prensa.

El total de declaraciones del IRPF presentadas en lo que va de Campaña de Renta asciende a 130.362, incluye los borradores confirmados, puesto que al confirmarlos la declaración queda presentada. Eso supone un incremento del 12,1% en el número de declaraciones presentadas hasta el 20 de mayo. El 40% de esas declaraciones -49.407- ha sido presentado a través de Internet, incluidos los borradores confirmados por Internet.

El incremento en el número de borradores confirmados y declaraciones presentadas ha permitido agilizar las devoluciones del IRPF en Asturias. La Agencia Tributaria ha abonado ya 76.652 devoluciones de Renta -un 54,6% más que en igual periodo del año pasado- por un importe de 51,6 millones de euros -un 46,2% más que en 2007-, según datos a las mismas fechas de mayo.

La Campaña de Renta concluye el 30 de junio y se prevé recibir 18.525.000 declaraciones en toda España. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ofrece a los contribuyentes que reúnen las condiciones fijadas por la ley del IRPF la posibilidad de recibir un borrador de la declaración de Renta elaborado por la administración tributaria.

Básicamente, pueden recibir el borrador los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan de dos inmuebles como máximo, así como subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual. Tener derecho a deducción por adquisición de vivienda o donativos y desgravación por planes de pensiones no impide recibir el borrador. Para quienes no pueden recibir el borrador, la Agencia Tributaria les envía sus datos fiscales.

Una vez recibido el borrador, el contribuyente debe revisar los datos que aparecen en el mismo y, si está de acuerdo, basta que lo confirme para que su declaración del IRPF quede presentada. Si considera que falta algún dato o no está de acuerdo puede rectificar el borrador y luego confirmarlo. Europa Press