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Oviedo
El Gobierno prepara una ley por la que las empleadas de hogar cotizarán a la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo. La medida, que figura en un documento remitido por el Ministerio de Trabajo a patronal y sindicatos, supondrá que todo el que tenga una empleada de hogar deberá inscribirse en el Registro de Empresarios de la Seguridad Social. Se suprimirá, además, el límite de 72 horas al mes por debajo del cual ahora no es obligatorio cotizar. Con la nueva norma, las dos partes están obligadas a hacerlo y el ingreso de la cuota deberá hacerlo el empleador (ahora sólo lo hace si se superan las 80 horas al mes).
El tipo de cotización será del 22 por ciento, aunque progresivo hasta llegar al 28,30 por ciento, igual que el resto de trabajadores por cuenta ajena. Al cotizar a la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo, las empleadas de hogar cobrarán en caso de enfermedad a partir del día 16. Se obligará, además, a cotizar por accidentes laborales.
Cualquiera de las partes puede exigir la formalización del contrato por escrito y el empleador estará obligado a comunicar el contenido a la Seguridad Social. En caso de no hacerlo, se entenderá que el contrato será indefinido y a tiempo completo, según consta en el documento del Ministerio. Eso sí, el período de prueba puede durar dos meses en vez de quince días.
El tiempo máximo de jornada laboral ordinaria será de 40 horas semanales, con las horas extraordinarias aparte. Entre una y otra jornada deberán pasar 12 horas (ahora son 10). El descanso semanal será de 36 horas, que será un domingo completo y el sábado por la tarde o el lunes por la mañana. Las vacaciones seguirán siendo de 30 días, de los que al menos 15 serán seguidos.
En cuanto al salario, se introducen dos variaciones que restringen que del salario mínimo de 624 euros al mes se puedan detraer el alojamiento y la manutención. Se rebaja del 45 al 30 por ciento el porcentaje que puede representar ese salario en especie, y el descuento será ilegal si la empleada se elabora sus alimentos y vive en el domicilio por imposición del empleador.
Las dos medias pagas de ahora serán completas en cinco años y en caso de despido, la indemnización será, en cualquier caso, de 20 días por año trabajado y se deberá avisar a la trabajadora 20 días antes.
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