El Banco de España decidió ayer endurecer las provisiones que los bancos y las cajas de ahorros tienen que realizar por quedarse con viviendas, naves, locales o fincas de créditos morosos. El gobernador del órgano regulador reconoció que esta medida lastrará un 10% los beneficios de las entidades financieras antes de impuestos, ya que tendrán que destinar más dinero a cubrir las deudas por impagos de hipotecas. Esta decisión obligará a las cajas a acelerar el proceso de reordenación, ya que muchas tienen sus balances contables afectados por el desplome del sector inmobiliario.

La medida ya se esperaba, pero su anuncio supone un guiño más a los mercados internacionales. El objetivo del Banco de España es evitar que las entidades financieras tengan grandes carteras de activos inmobiliarios creadas a partir del impago de las deudas de sus clientes. Y es que en los últimos trimestre esta práctica se ha impuesto para mantener bajo control la tasa de morosidad. El órgano regulador asegura que es «una práctica legítima», pero que el «elevado volumen» de impagos por la crisis «aconseja establecer algunos principios básicos para la estimación de su deterioro e incentivar la búsqueda de soluciones definitivas para ello».

El órgano que encabeza Miguel Ángel Fernández Ordóñez parte del principio de que la entidad que se queda con un inmueble por impago de deuda admite «un inequívoco indicio de deterioro» y que «no debe retrasar su reconocimiento».

Por ello las medidas que el Banco de España impondrá supone que que las entidades financieras que se queden con un inmueble deberá dotar un mínimo del 10% desde el momento en que entra en su cartera. Un año después este porcentaje se elevará al 20% y cuando pasen dos años, al 30%, salvo cuando el valor de la vivienda sea superior al volumen de la deuda cuando su anterior propietario dejó de pagar la hipoteca.

Hasta ahora, las entidades financieras sólo debían provisionar el 20%, aunque algunas ya aplicaban políticas contables más rigurosas. Los requisitos del Banco de España sobre la reserva de dinero de bancos y cajas se han ido endureciendo progresivamente a medida que la crisis inmobiliaria iba dañando los balances de las entidades financieras. Antes de noviembre de 2009 la obligación de provisiones era del 10% del valor de la tasación.

El proyecto de circular del Banco de España unifica los diferentes calendarios de provisiones en uno, para garantizar la cobertura total del riesgo de crédito una vez transcurridos doce meses. Ahora la totalidad de la cobertura se alcanza entre los 24 y los 72 meses desde la calificación como dudoso. El nuevo calendario establece que hasta seis meses se provisione la cuarta parte del préstamo; a partir de medio año y por debajo de nueve meses se provisionará la mitad, y antes de que se cumpla el año se deberá llegar al 75%, para alcanzar la totalidad de la cobertura transcurrido más de un año.