Las cajas de ahorros cuya participación accionarial en los nuevos bancos por ellas constituidos se reduzca por debajo del 50% del capital social de las nuevas entidades ya no estarán condenadas de forma irremisible a dejar de ser cajas y a convertirse en fundaciones, siempre que mantengan una posición relevante que les confiera capacidad decisoria en las instituciones crediticias que hayan promovido.

El Gobierno de Mariano Rajoy ha flexibilizado así la exigencia más estricta que había impuesto en febrero del año pasado el Gobierno de Rodríguez Zapatero. Con ello el nuevo Ejecutivo concede una segunda oportunidad a las cajas de ahorros para que puedan seguir siéndolo de forma nominal y preserven su condición de entidades financieras por más que ya no operen directamente como tales y hayan trasvasado la totalidad de sus activos y negocios a una sociedad anónima de naturaleza bancaria.

De las 45 cajas que había en 2010, sólo dos (las dos más pequeñas: Ontiyent y Pollença) continúan operando por sí mismas como tales cajas de ahorros. El resto ha trasvasado sus negocios a bancos, incluida Ibercaja, que es la única, junto con Ontiyent y Pollença, que no ha protagonizado fusión alguna.

La norma de febrero de 2011 que impulsó las fusiones y la bancarización del sector concedió a las cajas de ahorros el privilegio de seguir siéndolo aunque ya no operasen en realidad como tales sino como meros accionistas de bancos bajo su control. Esta excepcionalidad se otorgó a condición de que las cajas nunca redujesen su participación por debajo del 50%, ya fuese individualmente (caso de Ibercaja como accionista único en el Banco Ibercaja) o de forma mancomunada las que se hubiesen asociado aportando sus negocios y activos a un mismo banco. Así, por ejemplo, Cajastur no tendría que renunciar a ser una caja mientras la suma de acciones de Cajastur, Caja Extremadura y Caja Cantabria en Liberbank (que ahora controlan al 100% entre las tres) no descendiese del 50%.

Lo que ha hecho el Gobierno del PP es rebajar esta exigencia. Ya no será imperioso tener el 50%, sino que bastará con mantener el «control» del banco. Y para ejercer el control de una sociedad anónima el requisito de capital difiere según lo atomizado que esté el reparto del resto de las acciones, el número de socios y las alianzas entre ellos.

Esta reducción de los requerimientos beneficia en primera instancia a las cajas partícipes en aquellos bancos que, como Bankia y Banca Cívica, ya han salido a Bolsa y para cuya colocación en el mercado en 2011 tuvieron que hacer un gran descuento en el valor de sus títulos para poder captar inversores con el fin de recapitalizarse como les exigió el Gobierno y el Banco de España. Ahora las siete cajas participantes en Bankia y las cinco agrupadas en Cívica apenas controlan el 52% y el 55,3%, respectivamente, de los dos bancos a los que traspasaron sus negocios. Por ello, y ante la tesitura de tener que seguir recapitalizándose, el riesgo de verse obligadas a reducir su participación por debajo del 50% era muy alta, sobre todo Bankia, que, por ser el tercer banco español en volumen, está obligado por la Autoridad Bancaria Europea (EBA) a reforzar su solvencia antes de julio, al igual que el resto de entidades a las que por su tamaño se las ha incluido en la categoría de «sistémicas».

La medida no exime sin embargo de perder su condición de cajas a aquellas entidades (Novacaixagalicia, las tres cajas catalanes participantes en Catalunya Caixa y las tres también catalanas integradas en Unnim) cuyos bancos fueron nacionalizados el 30 de septiembre, dado que el nuevo socio hegemónico es el Estado a través de Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). Todas ellas pasarán a ser fundaciones, transformación que ya sufrieron CCM, Cajasur y CAM.

Para el resto de 32 cajas bancarizadas (todas aquellas que han cedido su operativa financiera a bancos pero que aún siguen controlándolos, caso de Cajastur) la nueva norma persigue dos objetivos.

Uno es remover inconvenientes e incentivar que los nuevos bancos de cajas acometan las ampliaciones de capital y la entrada de inversores particulares -con salida a Bolsa o no- que precisen para reforzar ahora o en el futuro su solvencia sin temor al estigma de perder la condición de cajas, lo que hasta ahora se ha visualizado como sinónimo de fracaso, dado que ha sido el desenlace no deseado para las entidades intervenidas o nacionalizadas.

La otra finalidad es dificultar que las comunidades autónomas amplíen su influencia sobre estos grupos financieros. Convertir a las cajas -que han sido acusadas en algunos casos de excesiva dependencia política- en fundaciones extremaría el control de estas instituciones por los gobiernos regionales respectivos. Pero, además, al convertir las cajas en fundaciones, las autonomías podrían eludir el cumplimiento de la nueva redacción de la ley de Órganos Rectores de Cajas de Ahorros (LORCA), que desde julio de 2010 extrema las limitaciones a la injerencia política en las cajas, dado que esa norma carece de competencia sobre las fundaciones.

Esta fue la razón por la que en el sector se interpretó como un afán de control político la pretensión, el pasado septiembre, del Gobierno del Principado de que Cajastur dejara de ser una caja de ahorros para convertirse en una fundación. El tutelaje sería absoluto y también el control sobre los recursos de la Obra Social y Cultural de la caja.

Que eso vaya a ocurrir en las cajas cuyos bancos han sido nacionalizados no importa demasiado al legislador porque cuando esos bancos sean privatizados las acciones en poder del Estado (el 90% de Catalunya Caixa, el 93% del Banco Nova Galicia y el 100% de Unnim) ya no volverán a las cajas de origen -ahora fundaciones- sino a otros grupos bancarios o a inversores privados. Por consiguiente, que las comunidades autónomas ejerzan un mayor control sobre aquellos accionistas (las antiguas cajas) con un peso accionarial ínfimo en los nuevos bancos no se traducirá en una mayor influencia política en la gestión de la entidad bancaria.

Otra cosa diferente se produciría en aquellas cajas que sí van a seguir controlando las entidades bancarias de las que son accionista pero en las que, para cumplir con los requisitos de capital, se vieran obligadas a reducir ahora o más adelante su participación accionarial por debajo del 50% en la medida en que sus bancos tengan que hacer emisiones de nuevas acciones bien para salir a Bolsa o para captar inversores privados que les aporten recursos propios adicionales.

Para que estas cajas no pasen a ser dominadas por gobiernos regionales y para que éstos no ejerzan un tutelaje sobre sus bancos es por lo que el Ejecutivo de Rajoy ha rebajado el límite accionarial que forzaría la conversión en fundaciones. De hecho, a partir de ahora esto sólo ocurrirá cuando las cajas pierdan el control efectivo del banco, es decir, cuando el dominio del capital privado haga indiferente el grado de dependencia política que tengan las cajas devenidas en fundaciones.

Para las cajas de ahorros seguir siendo cajas y no fundaciones no es sólo un elemento de prestigio o de prurito. En tanto que sean cajas, siguen siendo titulares de licencia bancaria y, por tanto, entidades financieras. Por el contrario, una vez transformadas en fundaciones, la situación sería irreversible y ya no podrían volver a ejercer la actividad financiera. Pero disponer de ficha o licencia bancaria propia no sólo es un activo en su poder que perderían automáticamente de convertirse en fundaciones. Su posesión también deja abierta la posibilidad -por más que remota y extremadamente difícil- de recuperar su independencia.