La compensación que las empresas deben pagar a los trabajadores con contrato indefinido en caso de despido se recorta hasta un 68% con la reforma laboral que ya está en vigor, según una evaluación del impacto de la norma en las indemnizaciones que ha realizado el economista Jesús Arango, que utiliza ejemplos según los cuales la reducción en el coste del despido resulta equivalente a la mitad del coste de una vivienda o al precio de un automóvil. Y sostiene que la reforma de Rajoy entraña "una verdadera ruptura del marco español de relaciones laborales".

El citado análisis repara en los efectos económicos de dos cambios en las condiciones del despido: por un lado, la rebaja de las indemnizaciones en caso de despido improcedente, con la supresión del contrato indefinido ordinario (con compensación de 45 días de salario por año trabajado y un límite de 42 mensualidades) y con la generalización del contrato con despido más barato (33 días y un límite de 24 mensualidades); por otro lado, el vuelco en la regulación del despido objetivo por razones económicas, que permitirá al empresario prescindir de un trabajador con una indemnización máxima de 12 mensualidades si sus ventas o ingresos disminuyen durante tres trimestres consecutivos.

Jesús Arango, que participó entre 1991 y 1993, como secretario general de Empleo, en la negociación de cambios en la legislación laboral, repara en situaciones como las que explican a continuación para medir el impacto de la actual reforma en el coste del despido.

- En el supuesto de un despido considerado improcedente, la indemnización disminuye hasta un 42,4% con el final de los contratos ordinarios y la extensión de los que dan derecho a 33 días de indemnización por año trabajado. Para el caso de un asalariado con un sueldo bruto anual de unos 36.000 euros, la diferencia llega hasta 45.668 euros y se da en la hipótesis de que el empleado tuviera derecho a la indemnización máxima que se concedía hasta ahora: las 42 mensualidades a las que tiene derecho un empleado con 28 años de antigüedad. El informe de Jesús Arango precisa, no obstante, que la reforma establece una doble escala para los trabajadores que tiene un contrato ordinario anterior a la entrada en vigor de la ley: hasta el 12 de febrero, la indemnización computará por 45 días y a partir de esa fecha, por 33 días.

- El cambio en el despido objetivo es el de mayor enjundia económica. Arango compara la indemnización que implicaba hasta ahora un despido improcedente y cómo queda al pasar a ser procedente con la cláusula de la caída de ventas o ingreso durante tres trimestres. La rebaja del despido llega a ser del 68% para el caso más extremo, el de un trabajador con 28 años de antiguedad y contrato ordinario (con derecho a 42 meses de compensación según la legislación antigua).

El autor añade el siguiente ejemplo: un trabajador con un salario bruto anual de 35.918 euros (cuatro veces el salario mínimo) y 28 años de antigüedad, recibiría una indemnización de 34.208 euros, 73.547 menos que si su despido fuera declarado improcedente. "Teniendo en cuenta que el precio medio del metro cuadrado de la vivienda usada en España era de 2.079 euros en febrero, la reducción experimentada por el citado trabajador supone la mitad del coste de una vivienda de 70 metros cuadrados", escribe Jesús Arango.

Alineado con un sector de economistas que en casos como el suyo han estado o están vinculados al PSOE, Jesús Arango añade a los datos, entre otras, la siguiente consideración sobre la reforma laboral: "Se puede concluir que estamos ante un cambio legal tan radical y desequilibrado que más que de reforma se puede hablar de una verdadera ruptura del marco español de relaciones laborales".