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Luz de agosto con IVA de septiembre

Hacienda corrige al ministro de Industria y avisa de que los recibos se gravarán con el 21% aunque incluyan consumos de meses anteriores

 04:27  

Oviedo, Lucía MURIAS

Los recibos de luz, gas o telefonía que las compañías comercializadoras pasen al cobro a partir del 1 de septiembre irán gravados con el 21% de IVA aunque parte de los consumos correspondan al mes de agosto. La Agencia Tributaria informó ayer de que, en aplicación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, la subida fiscal afectará de ese modo a los consumidores. La posición del recaudador estatal, dependiente del Ministerio de Hacienda, contrasta con lo que había manifestado el ministro de Industria, José Manuel Soria: que el Gobierno no permitiría la práctica «absolutamente reprobable» de incluir la subida del IVA en consumos de períodos anteriores a la entrada en vigor del incremento. La discrepancia entre Industria y Hacienda se produce en el contexto del enfrentamiento que los dos ministerios mantienen por la reforma energética.


El tipo impositivo del IVA pasará del 18% al 21% para recibos como los de electricidad o telefonía. A través de su página web en internet, la Agencia Tributaria comunicó ayer que tales recibos se facturarán en todo caso con el 21% de IVA. El organismo lo ilustra con el siguiente ejemplo: a un recibo del suministro de luz que se gira el 15 de septiembre y que corresponda al consumo registrado entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre se le aplicará el 21%, «aunque parte se corresponda con períodos de consumo anteriores al 1 de septiembre».


Pagar tres puntos más de IVA por servicios prestados antes de la fecha en vigor de la subida fiscal puede convertirse así en una situación que afectará a muchos clientes de compañías eléctricas, gasistas o de telefonía, donde son muy frecuentes los contratos que abarcan períodos de facturación que no culminan de manera exacta cuando lo hace el mes.


El ministro Soria había sido muy contundente en sus declaraciones en contra de esta conducta: «Decimos abiertamente que quienes tengan la tentación de caer en un tipo de prácticas aprovechándose de la subida del IVA para repercutir ese aumento en consumos que se hayan hecho con anterioridad al 1 de septiembre tendrán que asumir las consecuencias», declaró el titular de Industria a la agencia «Europa Press» el pasado domingo.


La nota de la Agencia Tributaria conocida ayer viene a remarcar que está dentro de la ley precisamente la práctica que José Manuel Soria consideraba condenable. El Ministro mantiene un enfrentamiento con Cristóbal Montoro, ministro de Industria, a cuenta de la reforma energética. Montoro cuestiona el intento de Industria de tapar el llamado «déficit tarifario» (25.000 millones de desfase acumulado entre los ingresos y los gastos del sistema eléctrico) mediante la creación de nuevos tributos: una tasa sobre la facturación de las empresas generadoras (diferenciada según las tecnologías y más alta para las energías renovables) y un recargo fiscal o «céntimo verde» sobre el gas natural.


La información de la Agencia Tributaria incluye ejemplos de otras situaciones para aclarar posibles dudas sobre la aplicación del IVA. Así, menciona el caso de la compra de un coche con algún pago anticipado. Si el comprador la realizó, póngase por caso, en julio por un precio de 20.000 euros y el vehículo va a ser entregado en septiembre, los pagos que se hayan anticipado antes del 1 de septiembre estarán gravados con el tipo impositivo antiguo (18%) y los que se realicen después de esa fecha, con el nuevo tipo (21%). La Agencia Tributaria lo explica en estos términos: «Se aplica el tipo vigente en el momento del abono efectivo del pago anticipado, sin que deba ser objeto de rectificación alguna cuando la operación a que corresponde se realice a partir del 1 de septiembre».

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