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Los jueces empiezan a avalar el impago de la plusvalía cuando no hay ganancias al vender un piso

Las reclamaciones ante los ayuntamientos asturianos, que no ceden en el cobro del impuesto, al alza

La calle Jovellanos, en el centro de Oviedo. MIKI LÓPEZ

Los jueces están empezando a dar la razón a vendedores de pisos que se niegan a pagar el tributo de plusvalía cuando no existe una verdadera ganancia en la operación, una circunstancia cada vez más habitual tras el estallido de la burbuja inmobiliaria. Expertos en derecho urbanístico destacaron que en Asturias se han incrementado las reclamaciones económico-administrativas en los Ayuntamientos, que no ceden en el cobro del impuesto, por lo que muchos casos acaban ante el juez. La situación es similar en toda España e incluso el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado de lo contencioso-administrativo de San Sebastián a raíz de un caso en el que un empresario que vendió con una fuerte minusvalía un terreno tuvo que tributar casi 17.900 euros al consistorio de Irún. A la espera de que el Constitucional se pronuncie, algunos jueces han decidido avalar el impago de la plusvalía.

"Hay una sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que considera que no hay un hecho imponible cuando no hay un beneficio, y juzgados de Zaragoza y Madrid, con fallos recientes, han ido detrás", señaló Francisco Sánchez Muñiz, abogado experto en Urbanismo con despacho en Oviedo que representa a afectados asturianos por el pago de la plusvalía.

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que así es como se denomina oficialmente el conocido como tributo de la plusvalía, se liquida cuando alguien vende un terreno urbano o una vivienda (en la medida en que la propiedad de esta incluye la del suelo urbano) y en teoría grava el enriquecimiento que el propietario obtuvo por la revalorización del terreno desde el momento de su adquisición. A raíz del estallido de la burbuja inmobiliaria, se han hecho habituales las transmisiones de inmuebles por debajo del anterior precio de compra. Los vendedores -en muchos casos obligados a desprenderse de la propiedad por los efectos de la crisis económica- pierden dinero en la operación y luego se encuentran con que tienen que pagar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Además, la mayoría de los principales ayuntamientos asturianos aplican el tipo de gravamen máximo que permite la legislación, el del 30%. Es el caso de los ayuntamientos de Oviedo, Avilés, Mieres y Langreo (Gijón aplica el 15%). También aplican el máximo concejos de tamaño medio como Castrillón y lo rozan otros como Corvera (28%) y San Martín del Rey Aurelio y Villaviciosa (27%).

Las reclamaciones

Los afectados están planteando reclamaciones económico-administrativas en los ayuntamientos asturianos. Es una situación generalizada en toda España que ha derivado en un aumento de la litigiosidad judicial. Algunos jueces han empezado a dar la razón a los afectados y el Tribunal Constitucional, a raíz de la cuestión planteada por un juzgado de San Sebastián, deberá pronunciarse sobre la legalidad de los cobros de los ayuntamientos.

"Conozco el caso de un piso en el centro de Oviedo que se compró antes del estallido de la burbuja por 350.000 euros y cuyo propietario se ha visto obligado a desprenderse de él para cumplir unos pagos. Consiguió venderlo por 180.000 euros. Perdió casi la mitad de lo invertido y a pesar de ello tuvo que hacer frente al pago de una plusvalía de más de 17.000 euros", señaló el abogado Francisco Sánchez Muñiz, que considera "injusto pagar el impuesto de la plusvalía cuando no hay una ganancia".

Además, el abogado destaca que el próximo año entrarán en vigor las dos normas básicas sobre las que se va a estructurar el régimen de las Administraciones Públicas y que "limitan su responsabilidad patrimonial, con lo que será más difícil exigir la devolución de la plusvalía si no se ha presentado recurso, aunque el Constitucional llegue a pronunciarse en contra del pago del tributo en los casos en los que el vendedor no ha obtenido beneficio".

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