La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Los escándalos financieros

Condenan a Bankia a devolver un millón a un accionista gijonés

El juez afirma que, aunque el afectado sabía de finanzas, el folleto de la salida a Bolsa no reflejaba la realidad del banco

Rodrigo Rato, en una declaración ante el juez.

Nuevo golpe judicial a Bankia. La entidad deberá devolver el millón de euros que un matrimonio gijonés invirtió para la compra de acciones durante la salida a Bolsa del banco en julio de 2011. La sentencia asegura que, pese a que se trata de un inversor con amplios conocimientos financieros (él es empresario), la información que se le aportó en el folleto de la oferta pública de títulos no reflejaba la realidad de las cuentas del banco.

Esta resolución, una de las más cuantiosas que se conocen hasta ahora en España, llega un día después de que el Tribunal Supremo se pronunciara también a favor de una pareja de Oviedo que había invertido unos 10.000 euros en el estreno bursátil del banco. La alta magistratura abrió así de par en par la puerta para que miles de accionistas más presenten con éxito reclamaciones civiles para recuperar su dinero.

"Las acciones se le vendieron como una gran oportunidad, con base a la información que aseguraba la buena situación patrimonial de la entidad", destaca en su sentencia el juez de primera instancia número 3 de Gijón, Miguel Covián Regales, que acaba de fallar a favor de que se devuelva el millón de euros a este matrimonio gijonés. Fue una compra de títulos que realizó a través del Banco Sabadell, una de las entidades contratadas por Bankia para la colocación. El magistrado señala que la información publicitada para la adquisición de acciones no se correspondía con la situación real de Bankia, como demostraron los hechos posteriores. Es decir, la caída y el rescate del banco.

Los dos casos, el del matrimonio ovetense que llegó hasta el Supremo y el de estos gijoneses que se acaba de resolver, han sido tramitados por el abogado José Antonio Ballesteros, representante legal también de la Unión de Consumidores de Asturias (UCE). El letrado asegura que esta última sentencia deja claro que "los inversores profesionales también compran acciones confiando en la información que el emisor haya publicado sobre su situación financiera". Y apunta que en su defensa Bankia trató de atribuir la responsabilidad de la información que dio lugar a la decisión de invertir a los empleados del Banco Sabadell. Pero fue inútil. "El juez explica que esta entidad financiera no puede hacer más que transmitir la información aportada por la propia Bankia", resalta Ballesteros.

El magistrado gijonés deja claro en su sentencia que el folleto de oferta pública de acciones es "determinante" para que el inversor evalúe la situación económica de la empresa. Y atribuye también una parte de la culpa a los organismos supervisores. "El inversor tiene la garantía jurídica y confianza de que un organismo de control y regulador del mercado de valores ha verificado la aportación instrumental (las cuentas) de la sociedad emisora y que el contenido del folleto está acorde y es coherente con las mismas", resalta.

En el folleto que repartió Bankia entre los potenciales inversores figuraba que tenía unos beneficios que se acercaban a los 310 millones. La revisión de las cuentas anuales después de la nacionalización de Bankia reflejó luego que acumulaba unas pérdidas de más de tres mil millones. El juez Miguel Covián precisa además: "No se afirma que Bankia hubiera falseado sus cuentas, eso corresponderá a la jurisdicción penal. Lo que se dice es que se presentó ante los compradores con una imagen de solvencia que no se ajustaba en modo alguno a la realidad".

Compartir el artículo

stats