"Hay desorientación y convulsión de conceptos jurídicos. Estamos ante un tsunami, una reforma que siembra más dudas de las que ya existían".

El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, pidió ayer en Asturias "evitar la ideologización del debate" en un asunto en el que concurren torrentes de polémica: la Ley Orgánica 1/2015 que reforma el Código Penal en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Precisamente ayer se cumplió un año de la entrada en vigor de la norma que, en determinados supuestos, responsabiliza plenamente a empresas y entidades de delitos cometidos en nombre o por cuenta de sus representantes o que ostenten facultades de organización y control dentro de las mismas.

El aniversario coincidió con una jornada de trabajo celebrada ayer en Oviedo, organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), de la que es presidente Pablo Junceda, y por la firma de abogados Ontier. Como ponentes hablaron auténticos primeros espadas de la judicatura: junto a Marchena, el presidente de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, Fernando Grande Marlaska; el fiscal de la Audiencia, Carlos Bautista, y el propio presidente de la Audiencia Nacional José Ramón Navarro, entre otros.

La reforma legislativa objeto de debate amplia el catálogo de delitos que dan lugar a responsabilidades de personas jurídicas. Para algunos "hay grandes omisiones, y a la vez inclusiones que están poco justificadas", en palabras de Grande Marlaska.

La ley 1/2015 penaliza los "incumplimientos graves" de "los deberes de supervisión, vigilancia y control" por parte de las empresas hacia sus representantes legales, administradores, apoderados o empleados.

El presidente de la sala segunda del Supremo, Manuel Marchena, analizó los cuatro pronunciamientos del alto tribunal habidos hasta la fecha en relación con esta reforma. Uno de ellos tenía que ver con una empresa de importación de maquinaria pesada. Los envíos, al parecer, eran aprovechados por personas de la firma para introducir cocaína desde Venezuela. La empresa tenía unos cien trabajadores "y acabó siendo condenada a la disolución", explicó el magistrado.

Al hilo de ello, el fiscal Carlos Bautista planteó sobre la mesa el concepto de "daño corporativo" y "el inmenso daño que puede causar a una empresa una determinada portada de periódico". Bautista alertó sobre los peligros de "los mirlos blancos" que se acercan a pequeñas empresas españolas ofreciendo inversión pero sin aportar claramente la identidad: "es absolutamente básico eso de conocer a tu cliente. Y en caso de duda hay deber de abstención y de colaboración con el Banco de España", recalcó.

Se refería el fiscal Bautista a todos los delitos que tienen que ver con el blanqueo de capitales y la relación con empresas opacas, aunque lleguen con las mejores perspectivas.

"Para conocer detalles son apropiadas las fuentes abiertas como Google, un buscador que también utiliza la Policía". En algunos casos la información da sorpresas, pero es mejor que se caiga de antemano un posible inversor a acabar ante el fiscal y el juez porque, como dijo Bautista cargado de ironía, "cuando un fiscal te echa una mano, suele ser al cuello".

Los expertos piden a las empresas disponer de manuales sencillos y de mecanismos de revisión. Normas internas de control y buenas prácticas que en ocasiones van más allá de lo que establece la ley. Carlos Bautista puso un ejemplo: los regalos a autoridades y funcionarios públicos.

Están prohibidos taxativamente por el código de la ONU, pero la Ley española de Buen Gobierno, de 2003, deja una puerta abierta a la recepción de regalos "siempre que sean adecuados al uso social". ¿Qué se entiende como adecuado", se preguntó el fiscal. Un concepto vago e impreciso. "Y los conceptos indeterminados siempre son peligrosos".

La implantación en las empresas de modelos de gestión y organización que sean mecanismos para prevenir riesgos penales se hace imprescindible a juicio del presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro y del magistrado del juzgado central de instrucción 6 de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco.

En resumen, el nuevo marco jurídico con la ley 1/2015 penaliza no solo el delito de la persona física -como no podía ser menos- sino "la molicie de la persona jurídica", dijo Manuel Marchena. La RAE traduce "molicie" como "el abandono invencible al placer de los sentidos o a una grata pereza". Traduzcámoslo en este caso como no estar al loro de lo que se cuece de puertas adentro.