El juzgado de primera instancia número 4 de Oviedo ha anulado por falta de transparencia las cláusula suelo de dos hipotecas firmadas por un matrimonio por importe de casi tres millones de euros. La sentencia considera que de la capacidad económica de los afectados no cabe extraer la consecuencia necesaria de que pudieron conocer o negociar los pormenores de las cláusulas.

El pleito se refiere a dos préstamos por valor de 1,57 y 1,33 millones de euros para adquisición de sendas viviendas. El contrato incluyó cláusulas suelo conforme a las cuales el interés mínimo que se pagaría en ambos casos sería el 3%. Los demandantes, representados por la abogada Patricia Esteban García, esgrimieron que esa estipulación no fue transparente ni negociada con ellos por la entidad prestataria, el Banco Popular. Éste alegó que la importante cuantía de los préstamos y la capacidad económica de la pareja permite presumir que conocían la trascendencia de la cláusula suelo.

La juez Coral Gutiérrez considera en el fallo que no se aportó ninguna prueba de existencia de negociación y que el banco no aportó información suficiente a los clientes, a quienes se reconoce el derecho a la devolución de los intereses pagados de más desde mayo de 2013.