Miles de trabajadores interinos asturianos y otros con empleos temporales pueden ganar el derecho a recibir indemnizaciones mayores al agotarse sus contratos gracias a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, favorable a equiparar las compensaciones de los empleados eventuales a las de los fijos. Según las interpretaciones que hacen los sindicatos y los expertos en derecho laboral, el fallo favorece en especial a quienes tienen contratos de interinidad, aunque quizás no a todos: los que sustituyen a personal funcionario en la Administración podrían quedar fuera de los colectivos beneficiados.

Los análisis realizados por los expertos sobre la decisión de la Corte Europea inciden en que hay muchos interrogantes por despejar, si bien se abre paso una idea central que resume así Carlos García Barcala, letrado asturiano de la firma Garrigues: "Se propicia que los trabajadores temporales que desempeñan trabajos equiparables a los de los fijos accedan a las mismas condiciones de indemnización".

La sentencia se refiere al caso concreto de una trabajadora interina del Ministerio de Defensa, Ana de Diego, que fue contratada en 2003 y despedida en 2012, cuando se reincorporó a su puesto la empleada pública que durante ese tiempo había estado liberada como delegada sindical. Ana de Diego no recibió indemnización alguna, porque así lo establece la legislación española en el caso de los contratos de interinidad, aquellos que se realizan para sustituir a un empleado que tiene derecho de reserva de su puesto de trabajo. Por ejemplo, alguien que está de baja por incapacidad temporal. Según el Tribunal, no indemnizar a la trabajadora interina va contra las reglas europeas que garantizan la no discriminación en las condiciones laborales de los trabajadores, en la medida en que ella tiene compensación, pero a los "trabajadores fijos comparables" se les abonan 20 días por año trabajado (indemnización en caso de despido procedente por causas objetivas).

"El fallo se refiere a un caso concreto y aún debe pronunciarse el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (el que pidió la opinión de Luxemburgo) sobre si efectivamente el trabajo de la demandante era equiparable al de los fijos, pero todo indica que la sentencia puede beneficiar sobre todo a los trabajadores interinos", señaló García Barcala. En caso de haber sido despedidos dentro del último año, esos empleados podrían reclamar judicialmente el pago de indemnizaciones (el plazo en el que son posible las reclamaciones de cantidad en la jurisdicción laboral es de 12 meses).

En Asturias se firmaron en 2015 más de 42.000 contratos de interinidad. El principal empleador de estos trabajadores es la Administración del Principado. Entre la educacion y la sanidad públicas hay más de cinco mil interinos. Ahora bien, no está claro que la sentencia vaya a hacer que esos empleados públicos ganen el derecho a ser indemnizados cuando acaban sus contratos. Gumersindo Rodríguez, presidente del sindicato educativo Anpe, remarcó que los 2.700 maestros y profesores interinos del Principado están sujetos al estatuto de la función pública al desempeñar puestos de funcionarios. Como el funcionario no tiene derecho a indemnización ni a prestación de desempleo en caso de despido, remarcó Rodríguez, es cuestionable que se pueda hablar de discriminación en el sentido en que lo hace el Tribunal Europeo porque no hay diferencias a efectos indemnizatorios: los funcionarios no la tienen en el supuesto (muy improbable) de despido y los interinos tampoco.

Esa duda se disipa en el caso de los demás trabajadores con contratos de interinidad. Lo juristas creen además que el principio de no discriminación podría ser invocado por buena parte de los eventuales que tienen otros tipos contratos (por circunstancias de la producción o por obra o servicio), si se acredita que realizan un trabajo equiparable al de los empleados fijos. Desde 2015, esos trabajadores temporales tienen derecho, cuando se extinguen sus contratos, a indemnizaciones de 12 días de salario por año que en los tribunales podrían convertirse en 20. Otra cosa es que la diferencia compense los costes de emprender un pleito, indicaron fuentes expertas.