Andalucía, al igual que Asturias, ha estrenado este mes de enero una reforma del impuesto de sucesiones que supone una rebaja del tributo para las herencias modestas y medias. En virtud de un pacto con Ciudadanos, el Gobierno autonómico de la socialista Susana Díaz ha optado por establecer una bonificación que libera de tributar a los hijos, cónyuges y padres que hereden por valor inferior a 250.000 euros, siempre que su patrimonio preexistente no sea superior a 402.678 euros.

Andalucía tenía hasta ahora, para las herencias modestas, una exención análoga a la que también operaba Asturias. El andaluz que heredaba por valor de menos de 175.000 euros no pagaba el impuesto (150.000 en Asturias), pero quien superaba siquiera mínimamente esa cantidad tributaba desde el primer euro. Esto es, como en el Principado, en Andalucía se producía lo que los fiscalistas llaman un "error de salto".

Asturias lo ha corregido sustituyendo la anterior exención por una reducción por parentesco (para hijos y otros descendientes, cónyuges y ascendientes) que rebaja la base imponible en 200.000 euros y que de hecho supone que las herencias de hasta ese importe no tributan. La bonificación alcanza a todos los contribuyentes, con indendencia del valor de la herencia o de su propio patrimonio. La vía andaluza es distinta: se establece una exención para las herencias de hasta 250.000 euros y otra reducción variable para los legados de hasta 350.000 euros. Esta opción, que tiene menos beneficiarios que la asturiana, ha sido criticada por el PP andaluz. Esta formación sostiene que el problema del "error de salto" se agrava con este sistema.