La nueva doctrina del Tribunal Constitucional contraria al cobro del impuesto municipal de plusvalías cuando no se produce un aumento real del valor del inmueble transmitido podría beneficiar a los propietarios de un total de 9.400 viviendas que cambiaron de manos en Asturias, según una estimación de la empresa de tasación Tinsa.

El cálculo está realizando considerando las casas que, mediante compraventa u otros procedimientos, cambiaron de propietarios entre 2013 y 2016 y que presumiblemente lo hicieron por un valor inferior al de adquisición. El período estimado comprende los ejercicios que no han prescrito y respecto a los cuales, según Tinsa, existe posibilidad de reclamación.

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (popularmente conocido como plusvalía) grava la presumible revalorización del suelo que se produce entre el momento en que se adquiere un inmueble (por compra o herencia, por ejemplo) y la fecha en que se transmite. En el caso de un piso, la plusvalía se refiere a la porción de solar que le corresponde.

Las variaciones de valor se calculan considerando, no el precio real de compra y de venta, sino el valor catastral, sobre el que el ayuntamiento aplica unos coeficientes y una tasa. A raíz de la caída de precios por la crisis inmobilaria y debido a ese sistema de cálculo, en muchos casos el vendedor se veía obligado a pagar plusvalía aunque hubiera perdido dinero con la venta. Es lo que ahora se ha considerado inconstitucional.