La Audiencia Nacional ha eximido a Arcelor-Mittal de pagar a Hacienda 73,1 millones de euros en concepto de impuesto de sociedades de los ejercicios comprendidos entre 2005 y 2008, tras estimar el recurso que el grupo siderúrgico planteó contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC).

En el periodo 2005-2008, Arcelor Spain Holding y la sociedad dependiente AM Brasil participaban en porcentajes superiores al 5% en diversas sociedades domiciliadas fiscalmente en Brasil, de las que habrían recibido dividendos e intereses de capital propio (juros) a los que se aplicó la exención por doble imposición. Hacienda se opuso a ello y reclamó que tributaran como intereses en España, una opinión que posteriormente fue suscrita por el TEAC. Ahora la Audiencia Nacional falla a favor de la empresa al considerar que fueron dividendos procedentes de actividades empresariales en el extranjero.

En su opinión, tales juros "equivalen a una distribución de beneficios, sin que puedan considerarse intereses, en la medida en que no remuneran cantidades en préstamos ni se calculan sobre el principal pendiente de un crédito", sino que proceden de "beneficios de la filial brasileña", señala la sentencia.