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La sucesión se abarata desde hoy en Asturias

Entran en vigor la elevación del mínimo exento a 300.000 euros, la reducción de los años para poder vender la vivienda habitual y las ventajas en la transmisión de las empresas

La sucesión se abarata desde hoy en Asturias

La rebaja del impuesto de sucesiones y donaciones en Asturias pactada por la mayoría que suman PSOE y PP está pendiente de la aprobación en la Junta General de Principado, pero en el momento en el que se publique en el boletín oficial, las medidas que afectan a las herencias tendrán efecto a partir del 1 de junio de 2017. Se puede decir, por tanto, que hoy entran en vigor las principales medidas para abaratar las sucesiones. Son las siguientes:

Elevación del mínimo exento. Se incrementa la cuantía de la reducción del impuesto de sucesiones para todos los contribuyentes de los grupos I y II de parentesco, que se corresponden con los descendientes, ascendientes y cónyuges. El mínimo exento -que el pasado 1 de enero se elevó de 150.000 a 200.000 euros al mismo tiempo que se eliminó el denominado "error de salto"- se sitúa ahora en 300.000 euros. Las bases imponibles inferiores a esa cantidad no pagarán el impuesto. Con ello, sólo unos 200 herederos por línea directa abonarán el tributo cada año, según han destacado desde la Consejería de Hacienda. El mínimo exento no afecta a los herederos colaterales (hermanos, primos, tíos, sobrinos...), que seguirán pagando lo mismo.

Vivienda habitual. La fiscalidad por la adquisición de vivienda habitual por herencia se reduce al pasar de 10 a 3 años la obligación de no poder disponer libremente del inmueble para, por ejemplo, venderlo.

Transmisión de empresas. Con el fin fomentar la continuidad y creación de empresas y explotaciones agropecuarias, se modifican beneficios fiscales existentes y se aplican nuevas rebajas fiscales en la transmisión. Así, se introduce una reducción del 99% en la base imponible en las transmisiones de explotaciones agrarias, ganaderas y forestales. Se aplica una reducción del 95% en la base imponible cuando un trabajador adquiera una empresa individual o un negocio profesional y vaya a continuar con la actividad (independientemente de que sea familiar o no del causante y cuando lleve diez años trabajando en la empresa). Y también se aplicará una reducción del 95% en la base imponible de las herencias que sean destinadas por el beneficiario a la constitución, ampliación o adquisición de una empresa. Asimismo se amplía el alcance de la reducción de un 4% adicional de la base imponible en empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades mediante la eliminación del límite del valor de la empresa, que estaba establecido en 5 millones de euros, y mediante la reducción del plazo de obligatoriedad de mantenerla, que pasa de 10 a 5 años.

Medidas pendientes. Todas las medidas enumeradas tienen vigencia desde hoy en el momento que se aprueben en la Junta, pero la ley de reforma de tributos cedidos por el Estado incluye otras vinculadas al impuesto de sucesiones y donaciones que no serán efectivas hasta el 1 de enero de 2018. Son las medidas que se refieren a las donaciones: con cambios en la tarifas (que pasan de 16 a 7 tramos y los tipos dejan de oscilar entre el 7,65 y el 36,5%a para oscilar entre el 2 y el 36,5%) y en la transmisión de empresas (con reducciones similares a las de las sucesiones).

Las medidas de reforma del impuesto de sucesiones y donaciones pactadas por PSOE y PP tendrán un impacto anual de 10,5 millones sobre los ingresos del Principado "que deberá ser contemplado en el escenario presupuestario para los próximos ejercicios", advierte el informe de la Dirección General de Presupuestos. No obstante, añade que "dada la fecha de inicio de los efectos, así como el plazo de seis meses para la autoliquidación de los tributos, el impacto presupuestario para el presente ejercicio se estima inferior al millón de euros, poco significativo en relación al total del presupuesto de ingresos consolidado, por lo que no parece necesario adoptar medidas presupuestarias para corregir su efecto más allá del habitual seguimiento continuado de la ejecución de ingresos y gastos.

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