El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó a España a pagar una multa de 3 millones de euros y las costas del proceso por el retraso en la aprobación de la reforma que liberaliza el sector de la estiba. Esta sanción supone una importante rebaja sobre la pena de 24 millones que había solicitado la Comisión Europea.

El tribunal estimó que el incumplimiento que se imputa a España debe ser considerado "grave", porque persistió durante un "tiempo significativo" de 29 meses (entre diciembre de 2014 y mayo de 2017) y porque afectó a los fundamentos del mercado interior, en especial a la libertad de establecimiento.

La Comisión Europea, que pedía un castigo más severo, se limitó a "tomar nota" del fallo y no hizo comentarios sobre la rebaja en la sanción. Para el Ejecutivo comunitario lo relevante es que las autoridades españolas han "abordado las restricciones" a la libertad de establecimiento que había en los puertos, con una reforma que contribuye a la "competitividad" del sector y protege a los trabajadores portuarios, indicaron a Europa Press fuentes comunitarias.

El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, aseguró que el tribunal tuvo en cuenta que el Gobierno obró de "buena fe", y sostuvo que si los demás partidos hubiesen respaldado en la Cámara al ejecutivo cuando acudió por vez primera al Congreso con el Real Decreto se hubiese evitado la sanción.

El tribunal recordó, no obstante, que España tardó 29 meses en aprobar la norma liberalizadora. Tras la sentencia de diciembre de 2014 que obligaba a España a poner fin al monopolio, el PP aún gobernó durante una año con mayoría absoluta.