El Juzgado de primera instancia número seis de Oviedo, que desde junio concentra todas las demandas relacionadas con cláusulas suelo y otras condiciones potencialmente abusivas de las hipotecas, se ha convertido en el primero de España en número de sentencias dictadas durante los últimos cinco meses. La sala, con un magistrado titular (Antonio Lorenzo) y una juez de adscripción territorial (Marta Navas), ha emitido en este tiempo una media de seis sentencias diarias a favor de los demandantes y en contra de los bancos.

De acuerdo con una información difundida ayer por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el "superjuzgado" asturiano ha generado más sentencias que ningún otro de los que funcionan desde el día 1 de junio en el resto de comunidades autónomas. La actividad de la sala ovetense (556 fallos) más que duplica, por ejemplo, la registrada en Madrid (245) y cuadruplica la de los juzgados habilitados en Cataluña (124 sentencias). Las únicas regiones que se aproximan a los resultados de Asturias son Castilla y León (484 sentencias) y Comunidad Valenciana (369). En toda España, estos juzgados han dictado 3.485 fallos hasta la fecha, y el de Oviedo concentra el 16% de todas ellas.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) detalló que, aproximadamente, el 90% de las resoluciones son favorables a los demandantes, lo que supone unas 500 sentencias. Si se consideran las jornadas hábiles transcurridas desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre, ese resultado equivale a seis fallos al día en contra la de la banca.

Los magistrados aplican sistemáticamente la doctrina que, tras una decisión del Tribunal de Justicia de la UE, obliga a las entidades financieras a devolver todo el dinero cobrado de más desde la fecha de la constitución del préstamo cuando se constata la existencia de cláusulas suelo que tienen la consideración de abusivas. En cuando a la cláusula que forzaba a los clientes a asumir todos los gastos de formalización de la hipoteca, los jueces están reconociendo el derecho a devolución de los gastos de notaría y registro, aunque no los correspondientes al impuesto de actos jurídicos documentados. Desde que la Audiencia Provincial fijó este criterio, han aumentado considerablemente las demandas que reclaman al mismo tiempo el reintegro del dinero de las cláusulas suelo y el de los gastos.