La directiva europea Mifid II, que entra en vigor hoy, modificará la relación de las entidades con sus clientes del negocio de banca privada. Su objetivo es evitar la comercialización de productos inadecuados y ampliar la cartera de los que se ofrezcan al cliente incorporando los de otras gestoras para limitar la venta exclusiva de productos propios.

Para asesorar e informar sobre inversiones, los empleados deberán acreditar formación específica, y las entidades deberán diferenciar al cliente sus labores de comercialización y de asesoramiento y precisar los costes de cada una. De cada cliente se elaborará un perfil de riesgo. Las entidades podrán optar por la mera comercialización o incorporar asesoramiento, en el que habrá dos modalidades: el independiente y el no independiente. En el primer caso, el banco y los gestores no podrán percibir incentivos, comisiones u otras recompensas (las llamadas "retrocesiones") de las gestoras de los fondos u otros productos que comercialicen.

Con esta prohibición se trata de evitar conflictos de interés. Estos ingresos podrán sustituirlos por el cobro de una tarifa al cliente por el servicio que le presta. En el caso de la modalidad de asesoramiento "no independiente", las entidades bancarias podrán percibir comisiones como hasta ahora pero sólo si, entre otros requisitos, aportan un servicio con valor añadido, hacen un seguimiento preciso de cada inversión y al menos el 25% de los productos que vendan son de gestoras ajenas a la del propio banco. La reforma trata de evitar abusos pero también responsabiliza mucho más al cliente en sus decisiones inversoras.

Norma IFRS 9. Desde anteayer, los bancos tendrán que provisionar sus créditos no en virtud -como hasta ahora- de la pérdida incurrida sino de la pérdida esperable, según la nueva norma contable IFRS 9. Esta modificación restará capital a las entidades.

Directiva PSP2. La nueva directiva permite la aparición de los proveedores de servicios terceros (TPP), que diluirán el papel tradicional de los bancos como proveedores de servicios de pago único. Los clientes podrá mandatar a las TPP autorizadas para que ordenen pagos en su nombre y accedan a información de su cuenta.