La disolución este martes de las Cortes da inicio al periodo electoral que concluirá el próximo 20 de diciembre con la celebración de las elecciones generales de las que debe salir el nuevo Gobierno.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) establece una serie de plazos que afectan no solo a los partidos y coaliciones, sino también a las administraciones públicas, que garantizan la normalidad y limpieza del proceso hasta la formación de las nuevas Cortes, y a los electores residentes en España o en el extranjero. Estas son las fechas clave a tener en cuenta antes del 20-D.

27 de octubre. El Boletín Oficial del Estado publica el decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de las elecciones generales. Este mismo día empieza también el plazo para solicitar el voto por correo. Además, ese real decreto deberá incluir la fecha de constitución de las nuevas Cortes Generales, que, como máximo, deberá ser el día 14 de enero debido a que el Congreso y el Senado salientes de las urnas deben ponerse en marcha en los veinticinco días posteriores a la celebración de las elecciones.

6 de noviembre. Es la fecha tope para que los partidos que quieran presentarse en coalición con otras formaciones lo comuniquen a las Juntas electorales correspondientes.

11-16 de noviembre. Son los 6 días de plazo que tienen las distintas candidaturas para presentarse ante la Junta Electoral.

18 de noviembre. El Boletín Oficial del Estado publica las candidaturas presentadas.

21 de noviembre. Finaliza el plazo para que los españoles residentes en el extranjero puedan solicitar el voto.

24 de noviembre. Publicación en el BOE de las candidaturas proclamadas una vez subsanadas las posibles irregularidades detectadas.

21-25 de noviembre. El sorteo para designar a los miembros de las mesas electorales se celebra en un plazo de cinco días.

4 de diciembre. A las 00:00h arranca oficialmente la campaña electoral de las elecciones generales, que se alargará durante dos semanas.

10 de diciembre. Finaliza el plazo para que los electores residentes en España soliciten el voto por correo.

15 de diciembre. Esta fecha marca el límite máximo a partir del cual queda prohibida la publicación de sondeos y encuestas electorales.

18 de diciembre. Ese día a medianoche finalizará la campaña electoral.

19 de diciembre. Jornada de reflexión.

20 de diciembre. Jornada de votación.