El resultado electoral dificulta enormemente la reforma de la Constitución que han propuesto en sus respectivos programas electorales tanto el PSOE como Ciudadanos y Podemos ya que los preceptos que se propone modificar, que afectan en algunos casos al modelo territorial y a determinados derechos y libertades, requerirían el procedimiento agravado (artículo 168) que exige una mayoría de dos tercios en cada una de las cámaras para salir adelante.

De este modo, con el actual reparto de escaños, ni aún poniéndose de acuerdo el PP y el PSOE en una reforma de la Constitución podrían sacarla adelante, ya que ambos suman 213 escaños.

En el Congreso, esa mayoría de dos tercios se traduce en un apoyo de 233 diputados, por lo que de oponerse el Partido Popular, que ha obtenido 123 escaños, la tramitación de la reforma no sería viable, ya que el resto de partidos, sin contar a los populares, sumarían 227 diputados en el hipotético caso de que todos --menos el PP-- estuvieran de acuerdo. Es decir, que faltarían 6 escaños para poder sacar adelante una reforma agravada de la Carta Magna.

Además, el artículo 168 de la Constitución requiere que para reformar tanto el Preámbulo como la parte del Titulo I de la Constitución que afecta a derechos fundamentales, como el Título II, relativo a la Corona, se cuente con el apoyo de los dos tercios del Senado, que son 177 senadores de los 266 que integran la cámara alta. Al tener allí el PP mayoría absoluta --ha obtenido 124 de los escaños--, su oposición a cualquiera de estas reformas la haría imposible.

Derechos sociales y modelo autonómico

Otra de las reformas propuestas por partidos como PSOE y Podemos es la inclusión, entre los derechos fundamentales, de los ahora denominados principios rectores de la política social y económica, que incluyen, entre otros, a la vivienda, a la sanidad, la educación y la distribución de la renta.

Para hacerlo posible sólo se precisaría una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras y en el Congreso ello se traduce al apoyo de 210 diputados. Es decir, si el PP se opone con sus 123 diputados, deberían apoyarla conjuntamente PSOE (90 escaños), Podemos (69) y Ciudadanos (40), y aún necesitarían el apoyo de otros grupos minoritarios, ya que estos tres partidos suman 199 diputados y les faltarían aún 11 para poder sacarla adelante.

En todo caso, la reforma se estrellaría de nuevo en el Senado, pues la mayoría del PP imposibilitaría en todo caso llevarla adelante, ya que los tres quintos necesarios suponen 158 senadores y el resto del arco parlamentario sin contar al PP suman 105.

Según el artículo 167 de la Constitución, que es el que regula este tipo de reforma, de no obtenerse el apoyo de los tres quintos de cada una de las cámaras, el Congreso podría aprobarla por mayoría de dos tercios siempre que cuente con mayoría absoluta del Senado. De nuevo, y si el PP se opone en ambas cámaras, la reforma es imposible.

Organización territorial

En esta misma situación se encontraría la reforma del Título VIII, relativa a la Organización Territorial del Estado, cuya reforma propugna Ciudadanos. Para esta también son necesarios tres quintos de cada una de las Cámaras, pero de nuevo la mayoría absoluta del PP en el Senado impediría su aprobación, aunque hubiera logrado los tres quintos del Congreso.

Además hay que tener en cuenta, que en cualquiera de los dos casos --reforma agravada u ordinaria de la Constitución--, la iniciativa debe partir del Gobierno o de las cámaras, si bien en este último caso debe ir suscrita por dos grupos parlamentarios o por la quinta parte de los diputados de cada una de ellas.

El artículo 87 de la Constitución también contempla que la iniciativa parta de las comunidades autónomas, cuyos parlamentos pueden solicitar al Gobierno que adopte un Proyecto de Ley o pueden remitir a la Mesa del Congreso una Proposición de Ley.