Madrid / Oviedo
El Pleno del Congreso aprobó ayer la ley que facilita el «desahucio exprés» ya que, entre otros aspectos, busca agilizar los trámites judiciales que debe afrontar el propietario de una vivienda para desahuciar a inquilinos morosos y cobrar las rentas pendientes.
Se reduce de dos meses a uno el plazo entre el momento en que el arrendador exige por requerimiento el pago de deudas y el momento en que puede presentar una demanda, acto que el inquilino podrá evitar si paga todos los atrasos. Además, se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler, cuya duración es de cinco años. El propietario puede rescindir el contrato si necesita ocupar la vivienda para uso propio, de sus padres, hijos o cónyuge, siempre que así figure en el contrato. En cuanto a las obras de mejora de eficiencia energética se podrán aprobar con el «sí» de tres quintos de los vecinos.