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Aprobada la ley de Extranjería, que amplía a 60 días el plazo de internamiento

La cuarta reforma de la norma facilita la denuncia de la violencia machista y reagrupa a parejas de hecho

 
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Madrid / Oviedo

El Congreso aprobó ayer definitivamente la nueva ley de Extranjería, con 180 votos a favor (PSOE, CiU, CC), 163 en contra (PNV, UPyD, ERC, IU y Na-Bai) y 3 abstenciones (BNG). La reforma necesitaba 176 apoyos por tratarse de una ley orgánica.

El PNV votó finalmente en contra al no incorporarse su propuesta de establecer un reparto ponderado de menores inmigrantes desamparados entre las comunidades autónomas.

Éstos son los principales aspectos recogidos en la cuarta reforma de la ley de Extranjería:

l Derechos de reunión y manifestación, asociación, sindicación y huelga.

l Derecho a la educación hasta los 18 años y asistencia jurídica gratuita.

l Se amplía el plazo de internamiento a 60 días desde los 40 actuales y se concede un plazo de cumplimiento voluntario de la orden de expulsión.

l Se acota la reagrupación a la familia nuclear, en la que se incluyen las parejas de hecho. Se limita la reagrupación de los ascendientes a mayores de 65 años.

l Se crea un registro de entradas y salidas de extranjeros.

l Las extranjeras víctimas de violencia machista podrán obtener una autorización para facilitar la denuncia. Si hay condena se les concede permiso de residencia y trabajo; en caso contrario, serán sancionadas.

l Se vincula la llegada de inmigrantes a las necesidades del mercado de trabajo, regulando con mayor concreción la situación nacional del empleo y limitando las autorizaciones a una ocupación y ámbito territorial.

l Se refuerza la lucha contra el matrimonio de conveniencia, la promoción de la inmigración irregular y el falseamiento de los datos para empadronamiento.

l Aumentan las sanciones para cualquier infracción, que pueden llegar a 750.000 euros.

l Se permite que las CC AA firmen acuerdos con los países de origen de menores extranjeros no acompañados. Estado y CC AA podrán establecer convenios con ONG, fundaciones y entidades de protección de menores para atribuirles su tutela.

l Serán infracciones graves o muy graves: trabajar sin permiso, no dar de alta a un trabajador, promover su permanencia irregular y consentir el titular de una vivienda su inscripción en el padrón falseando su domicilio real.

l La expulsión implicará una prohibición de regreso de hasta cinco años o, si el extranjero supone amenaza para el orden público y la seguridad nacional, de hasta diez años.

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