Madrid, Agencias

El Tribunal Supremo (TS) absolvió ayer al ex juez Baltasar Garzón de prevaricación por querer investigar el franquismo al considerar que su actuación, «aunque errónea», no fue delictiva, pero le reprocha que, con su actuación, «cuestionara» la «legitimidad» de la Transición.

La sentencia, aprobada por seis a uno con el voto particular discrepante del magistrado José Manuel Maza, para quien Garzón sí incurrió en prevaricación, dice que el juez cometió su primer error al tipificar los hechos como delito permanente de detención ilegal sin ofrecer razón del paradero de la víctima en el marco de crímenes contra la humanidad.

El TS recuerda que en la fecha de comisión de los delitos, entre 1936 y 1952, no estaban vigentes las leyes internacionales que permiten la persecución de los crímenes contra la humanidad, que no se incorporaron al ordenamiento jurídico español hasta esa última fecha. Los magistrados añaden que los supuestos delitos habían prescrito cuando se presentaron las primeras denuncias en 2006 y niegan que se pueda considerar que el delito de detención ilegal que se investigaba tuviera carácter permanente, lo que hubiera interrumpido el plazo de prescripción.

La sala argumenta que ese tipo no existía en el Código Penal vigente en el momento de los crímenes -el de la II República- y que es «una ficción contraria a la lógica jurídica» pensar que «un detenido ilegalmente en 1936, cuyos restos no han sido hallados en 2006, (...) siguió detenido más allá del plazo de prescripción de 20 años».

Recuerda asimismo la vigencia de la ley de Amnistía de 1977, de la que dice que «fue promulgada con el consenso total de las fuerzas políticas» y que «tuvo un evidente sentido de reconciliación, pues la denominada transición española exigió que todas las fuerzas políticas cedieran algo en sus diferentes posturas».

«Precisamente porque la transición fue voluntad del pueblo español, articulada en una ley, es por lo que ningún juez o tribunal, en modo alguno, puede cuestionar la legitimidad de tal proceso», concluye.

Sólo uno de los siete magistrados, José Manuel Maza, cree que Garzón prevaricó, postura que sostiene en un voto particular en el que acusa al juez de cometer «abuso de poder» al declararse competente para investigar esos crímenes porque «instrumentalizó» un proceso penal «inviable» para ponerlo «al servicio de sus propias intenciones subjetivas».

Para Maza, «la evidencia» de que Garzón cometió «abuso de poder» queda reflejada «magistralmente» en la sentencia cuando ésta insiste en la vigencia de la ley de Amnistía de 1977 y en su importancia, junto con la Constitución, para conseguir la «reconciliación pacífica entre los españoles». «¿Es que a partir de ahora el juez español puede desobedecer las leyes patrias, las dictadas por nuestro Parlamento soberano, porque encuentre criterios u opiniones ajenos a nuestro derecho que coincidan con su particular modo de ver las cosas?», se pregunta Maza.

Madrid, Efe

La sentencia en la que el Supremo absuelve a Garzón admite que las leyes aprobadas en democracia no han satisfecho las demandas de las víctimas del franquismo para localizar a sus familiares asesinados ni han procurado la «efectiva reconciliación». Esas leyes, incluida la de Memoria Histórica, «han reparado, en gran medida, las consecuencias de la guerra y posguerra, pero no han concluido las actuaciones concretas en orden a la localización y recuperación de los cadáveres para su homenaje y procurar la efectiva reconciliación que la ley de Amnistía persiguió», reconoce el alto tribunal.

No obstante, los magistrados aseguran que la pretensión de las víctimas del franquismo, «legítima en su planteamiento de demanda de tutela», no podía ser atendida por Garzón, porque «el derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal».