El Tribunal Constitucional dio su aval a la «doctrina Parot» al anular, ayer, su aplicación de la denominada «doctrina Parot» a sólo tres de los 31 presos etarras que habían presentado recurso para que los beneficios penitenciarios se les aplicara sobre la pena a cumplir y no sobre al total de la condena.

Los recursos estimados, por unanimidad de los once magistrados que componen el Tribunal, han sido los de José Ignacio Gaztañaga, que fue uno de los primeros presos a los que se aplicó la «doctrina», hace seis años, Juan María Igarataundi y José María Pérez Díaz. Las condenas de estos tres etarras suman más de 800 años de prisión.

Desde el pasado lunes, el Pleno venía estudiando una treintena del total de 62 recursos que han sido admitidos a trámite contra la aplicación de esta «doctrina», instaurada por el Tribunal Supremo desde 2006, por la que el cómputo de las redenciones que se aplican a un penado se realiza sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que amplía su estancia en prisión.

El tribunal de garantías también habría inadmitido, igualmente por unanimidad, tramitar los recursos presentados por Isidro Garalde, Miguel Turrientes e Itziar Martínez Sustatxa. En las sentencias en las que se han rechazado los recursos existen varios votos discrepantes.

En algunos de los casos recurridos existía previamente una liquidación firme de condena, y éstos son los que se habrían aceptado al presentar más problemas de constitucionalidad. Se trata de presos respecto de los cuales se fijó en firme una fecha para su salida de prisión antes de aplicarles esta «doctrina».

José Ignacio Gaztañaga fue condenado en 1997 a 153 años de prisión por varios delitos, entre ellos el asesinato de un policía nacional y la colocación de artefactos explosivos en un bar de Escoriaza (Guipúzcoa) y Vitoria. La «doctrina Parot» le impidió salir de prisión en marzo de 2006, tan sólo cinco días antes de la fecha inicial para su excarcelación, que era el día 29 de ese mes. De no haber sido aceptado su recurso, debería continuar en prisión hasta marzo de 2018.

Pérez Díaz fue condenado en 1989 a 197 años por el atentado cometido en 1986 contra los Grupos Antiterroristas Rurales de la Guardia Civil en Zarauz (Guipúzcoa). Por lo que respecta a Juan María Igarataundi, fue detenido en el año 1987 en Guipúzcoa, acusado de pertenecer al «comando Udalaitz», y fue condenado como autor de varios atentados.

En los últimos años el tribunal ha rechazado por cuestiones de forma decenas de reclamaciones, entre ellas los del propio Henri Parot -la aplicación de la «doctrina» a su caso fue la que le dio nombre- y la de José Antonio López Ruiz, alias «Kubati».