El Gobierno ha aprobado hoy los proyectos de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia que reconocen como víctimas de violencia de género a los menores y agilizan los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los de menos de 3 años, permanezcan con una familia.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha dado el visto bueno a los proyectos, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha detallado el contenido de la reforma que refuerza la protección del menor frente a delitos como los abusos sexuales, de los que fueron víctimas 3.364 en 2013.

Entre otras novedades, establece como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con niños no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación.

Los profesores, entrenadores y pediatras, entre otros profesionales, deberán presentar un certificado de idoneidad que tendrán que solicitar en el Registro Central de Penados de España del Ministerio de Justicia para garantizar que no han sido condenados por este tipo de delitos.

El Ejecutivo refuerza el derecho de acceso a los orígenes de los adoptados, de manera que las entidades públicas asegurarán la conservación de la información durante al menos 50 años, y contempla la posibilidad de que el menor en adopción mantenga algún tipo de contacto son su familia biológica.

También modifica la Ley de Protección de Familias Numerosas para asegurar que éstas conserven el título mientras al menos uno de los hijos tenga menos de 21 años o 26 si está estudiando.

Además, la nueva normativa contempla que los padres que hayan "devuelto" a niños adoptados no podrán volver a solicitar una nueva adopción.

La ley integral de violencia de género prevé la suspensión del régimen de visitas y de comunicación, así como de la patria potestad, en el caso de los inculpados por violencia de género, de acuerdo con las fuentes del Ministerio de Sanidad.

Con la nueva legislación, en el caso de que el juez no acuerde la suspensión del régimen de visitas y comunicación o de la patria potestad, deberá pronunciarse "de forma escrupulosa" sobre la manera en que se ejercen atendiendo al interés superior del menor.

En cuanto a los procesos de acogimiento, la reforma contempla las "demandas históricas" de las entidades de los padres de acogida y crea el estatuto del acogedor familiar.

Dentro de las medidas de protección de la infancia, a los menores extranjeros no acompañados, entre 2.000 y 3.000 en España, se les reconoce su derecho a la sanidad, la educación y los servicios sociales en las mismas condiciones que a los menores españoles.

En cuanto a la determinación de la edad, los menores extranjeros no acompañados gozarán de la presunción de minoría de edad (serán considerados menores), en caso de duda, y las técnicas médicas para fijarla atenderán al principio de proporcionalidad.

Se procurará la búsqueda de la familia de los menores extranjeros no acompañados con el objetivo de favorecer la reagrupación familiar y no la expulsión del territorio, sin poner en riesgo su seguridad.

Los proyectos regulan por primera vez los centros de protección para menores con problemas de conducta.

Se requerirá autorización judicial para entrar y salir de estos centros de protección para menores con problemas de conducta, donde todas las medidas que se adoptarán serán educativas.

La nueva normativa recoge las medidas de seguridad que se podrán tomar en estos centros -de contención, de aislamiento y registros personales y materiales, así como el régimen disciplinario, de visitas, permisos y salidas, además de regular la administración de medicamentos.