La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu en la que rechazó hacerse cargo de la investigación al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por fraude fiscal y blanqueo, con lo que esta investigación se separó del caso Bankia.

De este modo, el caso Rato debía permanecer en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid y no se acumulaba al caso Bankia, ya que Andreu consideró que los delitos que se le imputan a Rato -fiscales, de corrupción de particulares y blanqueo de capitales- no deben ser investigados en la Audiencia Nacional.

En su escrito, el magistrado alegaba que para que la Audiencia Nacional fuera competente, el delito tenía que haberse producido en el exterior, algo que la Fiscalía Anticorrupción considera que no puede descartarse pues advierte en el recurso presentado de que la sociedad Kradonara, de Rato, ha recibido 6,5 millones de euros procedentes del extranjero cuyo origen se desconoce.

La conclusión de Anticorrupción es que "si todo o parte de los actos de blanqueo se han producido en el extranjero es competente el Juzgado Central de Instrucción", es decir, la Audiencia Nacional.

Y argumenta que si ésta no asume la competencia, la instrucción de este blanqueo de capitales se plantea "inviable" porque el Juzgado de Madrid no puede instruir un delito cometido, aunque sea en parte, en el extranjero al carecer, a juicio de Anticorrupción, de competencia orgánica y territorial para hacerlo.

Además, en su recurso, la Fiscalía insiste en que "no es Madrid donde se residencia únicamente la actividad criminal", como consideró el juez Andreu, ya que Kradonara recibe transferencias de Albisa en dos cuentas en Madrid de las que luego se transfieren fondos a Bagerpleta, propietaria de un hotel en Berlín y en la que Rato posee una participación del 50 %.

Sin embargo, aunque la compañía alemana Bagerpleta recibe el dinero en cuentas de una sucursal en Lérida, esas cantidades de origen supuestamente ilícito se destinaron a invertir en Alemania.

Y tal inversión, en opinión de la Fiscalía Anticorrupción, integra la comisión de un delito de blanqueo que debe ser competencia de la Audiencia Nacional.

"Se trata de investigar el flujo dinerario que procedente del extranjero, de origen injustificado, llega a Kradonara y sale invertido a Alemania", incide Anticorrupción que recuerda, además, que Kradonara pertenece a Vivaway, una sociedad cuyo beneficiario último es Rato, constituida en Reino Unido.

En su recurso, la Fiscalía Anticorrupción recoge que Kradonara recibió en total 6,5 millones procedentes del extranjero cuyo origen se desconoce, porque hay transferencias por un importe total de 3,4 millones de euros en 2006, 2007, 2011 y 2014 a las que hay que sumar otras por 3,047 millones recibidas directamente desde Vivaway.

Y, a su vez, Vivaway recibió 2,5 millones entre 2013 y 2014 de la sociedad panameña Wescastle Corporation, con domicilio en Ginebra, reconocida por Rato en su declaración de bienes en el extranjero, y algo más de 850.000 euros en 2012 y 2013 de la sociedad Red Rose.

Sobre esta última, la ONIF apunta que está domiciliada en Bahamas y Rato es su beneficiario final, aunque no lo haya declarado, y añade que el exvicepresidente del Gobierno recibió directamente 300.000 euros de Red Rose.

Por otro lado, destaca que tanto 495.000 euros procedentes de Albisa, como 100.000 con origen en Telefónica, los recibió Kradonara y fueron a parar a la sociedad alemana Bagerpleta, que a su vez recibió algo más de 950.000 euros "con origen desconocido", a través de Vivaway y Kradonara.

Motivos más que suficientes para que Anticorrupción considere que el caso Rato debe ser asumido por la Audiencia Nacional, aunque no relaciona estas operaciones con el caso Bankia, en el que se investiga también al exvicepresidente del Gobierno por la salida a bolsa de la entidad.