El Tribunal Constitucional (TC) anuló ayer por unanimidad la proclama secesionista aprobada por el Parlamento de Cataluña el 9 de noviembre, en una de las sentencias más rápidas de su historia, adoptada en poco más de tres semanas para evitar que interfiriera en la campaña electoral que empieza hoy a medianoche.

La resolución del Parlament, que fue respaldada por los grupos de Junts pel Sí (JxS) y la CUP (72 diputados en total, frente a los 63 de los otros cuatro grupos), vulnera cinco preceptos de la Constitución y dos del Estatut, concluye el TC en su exposición.

El tribunal razona en la sentencia que el "imperio de la Constitución como norma suprema" del ordenamiento jurídico deriva del hecho de que la ley fundamental "es fruto de la determinación de la nación soberana por medio de un sujeto unitario, el pueblo español, en el que reside aquella soberanía y del que emanan, por ello, los poderes de un Estado".

Y afirma también que la soberanía de la nación, que reside en el pueblo español, "conlleva necesariamente su unidad", y que esa unidad del sujeto soberano es el fundamento sobre el que "la nación misma se constituye, al propio tiempo, en Estado social y democrático de Derecho".

Sin embargo, el fallo del tribunal de garantías no insiste en el apercibimiento directo de obediencia que ya hizo de manera personal a diversos implicados cuando admitió a trámite el recurso del Gobierno y suspendió cautelarmente la resolución.

Aquella advertencia iba dirigida personalmente a una veintena de altos cargos, entre ellos el presidente en funciones, Artur Mas, a los que advertía que, de no acatar su fallo, podrían incurrir en responsabilidades penales.

En sus alegaciones, llegadas al alto tribunal el pasado viernes, el Parlament pedía al TC que rechazara la impugnación con el argumento de que la resolución solo puede considerarse una declaración "política", una "aspiración" que, "en sí misma, no puede conculcar el marco constitucional y estatutario, ya que este no prohíbe la expresión y la defensa de los proyectos políticos no coincidentes con la Constitución".

Ahora el TC recuerda al Parlament que "no puede oponerse una supuesta legitimidad democrática de un cuerpo legislativo a la primacía incondicional de la Constitución". La Constitución, razona, es la "norma superior a la que todos -ciudadanos y poderes públicos- quedan sujetos" por decisión de la voluntad popular expresada como "poder constituyente". Y recuerda también que el artículo 1 del Estatuto de Autonomía dispone que Cataluña, "como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y el Estatuto".

El alcalde de Celrà, Dani Cornellà (CUP), llamó a desobedecer al TC nada más conocer el fallo. Celrà es uno de los cinco municipios que la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha denunciado por delitos de rebelión y sedición por haber aprobado mociones de apoyo a la proclama anulada ayer.