La Audiencia de Palma ha decidido este viernes que la Infanta Cristina siga como acusada y será juzgada en el juicio del caso Nóos, al legitimar a Manos Limpias para ejercer la acusación popular en su contra como cooperadora en dos delitos fiscales presuntamente cometidos por su marido, Iñaki Urdangarin.

En un auto dictado hoy, el Tribunal provincial ha decidido no aplicar la doctrina Botín y ha desestimado la cuestión previa planteada por la defensa de la Infanta sobre la no legitimidad de Manos Limpias para acusarla en solitario en la primera jornada del juicio por corrupción, que empezó el pasado 11 de enero en la Escuela Balear de la Administración Pública de Palma.

El Tribunal ha desestimado la pretensión de la defensa de la Infanta, que había solicitado que anulara parcialmente el auto de apertura de juicio oral y archivara el caso en lo que se refiere a la responsabilidad penal de doña Cristina, una tesis que también apoyaron la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado, que ejerce la acusación particular en nombre de Hacienda.

La Audiencia de Palma considera que el delito contra Hacienda, del que está acusada como cooperadora la Infanta Cristina en el caso Nóos, es de naturaleza "difusa" y daña un bien colectivo, por lo que la Agencia Tributaria no es el "único perjudicado" y cabe una acusación popular.

En el auto en el que desestima aplicar a la Infanta la llamada "doctrina Botín" y respalda la legitimidad de la acción popular para acusar a doña Cristina (que seguirá siendo acusada en el juicio de Nóos) el tribunal provincial detalla que, como no considera a Hacienda el único y concreto perjudicado por el fraude fiscal, la acusación por parte de la Abogacía del Estado "no colma" la protección del bien presuntamente dañado.

La Audiencia de Palma avala la acción popular que ejerce Manos Limpias y asegura que este tipo de delitos de naturaleza "difusa, colectiva o metaindividual" es el espacio "donde halla su más plena justificación la participación de los ciudadanos en el proceso".

Según el tribunal que juzgará a la Infanta, a su marido Iñaki Urdangarin y otros 16 acusados, en el delito de fraude fiscal lo que se lesiona es "el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos", algo que compromete la política económica y social que "debe ser garantizada en un Estado Social y democrático de Derecho".

El abogado de la Infanta Cristina, Jesús Silva, pidió a la Audiencia que rechazara la legitimación de Manos Limpias para acusarla en el juicio de Nóos, basándose en la doctrina consolidada de los tribunales Supremo y Constitucional y la jurisprudencia sentada por 7 decisiones de audiencias provinciales.

Aseguró que la acción popular no puede sostener la acusación en solitario, como ha fijado el Tribunal Supremo (en 2007 con la llamada doctrina Botín), ha confirmado el Constitucional y, posteriormente, han aplicado hasta en siete decisiones distintas audiencias provinciales desde 2009.

Según Silva, la acción popular protege bienes que poseen intereses difusos y se ejerce cuando no hay acusación particular ni posibilidad de que se persone, algo que no ocurre en el caso Nóos, donde la Abogacía del Estado protege a Hacienda como perjudicado.

El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach, para quien no hay argumentos inculpatorios contra la Infanta, también pidió al tribunal la aplicación de la doctrina Botín por falta de legitimidad de Manos Limpias para acusar en solitario a doña Cristina y suplir al perjudicado que es Hacienda.

Para la abogada del Estado Dolores Ripoll tampoco cabe la acusación popular en delitos fiscales, porque el perjudicado es sólo la administración titular de la capacidad para establecer y recaudar tributos, puesto que el lema "Hacienda somos todos" es meramente publicitario.

Se mantienen los 18 acusados

Además de las cuestiones planteadas contra la legitimidad de la acusación popular de Manos Limpias para mantener a la Infanta Cristina en el banquillo, el tribunal de la sección primera de la Audiencia balear desestima las peticiones de sobreseimiento respecto al resto de acusados que lo pretendían.

Así, mantiene acusados en el juicio a Luis Lobón, Jorge Vela, Elisa Maldonado y José Manuel Aguilar, imputados por presuntos delitos cometidos en la llamada "rama valenciana" de la supuesta trama de corrupción tejida por el Instituto Nóos y empresas anexas en contratos con administraciones públicas valencianas.

Sus defensas argumentaron que correspondía instruir y juzgar sus actos a los órganos judiciales de la Comunidad Valenciana porque los presuntos delitos se cometieron en esa región y afectaron a instituciones y entidades valencianas, y nada tenían que ver con los investigados en Baleares y Madrid.

El tribunal desestima este razonamiento al sostener que la ley y la jurisprudencia priman la "regla de enjuiciamiento conjunto" en casos donde haya intervinientes comunes y hechos conectados entre sí.

También rechaza los argumentos, de diferente índole, planteados en favor de su exoneración por la defensa del asesor fiscal Salvador Trinxet y los expuestos por la representación de Miguel Tejeiro, Ana Maria Tejeiro y su esposo, el exsocio de Iñaki Urdangarin Diego Torres.

En cuanto a Alfonso Grau, admite la cuestión previa y anula la acusación sostenida por la representación de Manos Limpias al considerar que adolece de defectos que la hacen inválida.

No obstante, como el exvicealcalde de Valencia también está encausado a instancias de la acusación popular ejercida por el Partido Socialista de la Comunidad Valenciana, el tribunal señala que Manos Limpias podrá adherirse en el juicio a sus planteamientos.

El auto dictado hoy por unanimidad por las magistradas Samantha Romero, Eleonor Moyá y Rocío Martín no es recurrible, aunque las partes pueden formular protesta cuando el próximo 9 de febrero se reinicie el juicio y recurrir al Tribunal Supremo con los mismos argumentos de las cuestiones previas cuando se dicte sentencia.

Una vez resueltas las cuestiones previas, el juicio del caso Nóos continuará el 9 de febrero, cuando se retomará la vista oral con la declaración de los xx acusados que seguirán en el banquillo, empezando por el ex director general de Deportes del Govern balear José Luis "Pepote" Ballester.

Las declaraciones de los testigos, alrededor de 370, están previstas entre el 8 de marzo y el 17 de mayo, según el organigrama inicial planteado por el tribunal.